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TRIBUNALES

Un juez dicta una sentencia consciente de que deteriora la imagen de la Justicia

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Granada, José María Jiménez Burkhardt, ha revocado una sentencia condenatoria contra los responsables de la construcción de un bloque de pisos con defectos en la obra, pese a la "impopularidad" del fallo y el "detrimento de la imagen de la justicia y de la confianza que en ella han de tener los ciudádanos" que ello provocara. El juez establece que es la vía civil y no la penal la competente en el caso, aunque admite el "reconocido calvario" que han padecido los 23 propietarios de los pisos. Desde que los habitaron, hace cuatro años, no han podido utilizar el agua potable por estar contaminada por hidrocarburos.La sentencia ahora anulada fue hecha pública el pasado 9 de marzo, y en ella se condenaba al arquitecto, los dos aparejadores y al instalador de fontanería a abonar 101 millones de pesetas a los propietarios de las viviendas. Para cuantificar las indenirázaciones, el juez de distrito, Miguel Angel del Arco, no sólo tuvo en cuenta las inversiones que durante cuatro años los vecinos hicieron en agua envasada, sino también los daños morales y los perjuicios causados. El fallo declaraba asimismo responsables subsidiarios a la inmobiliaria Inonsa y a la firma Construcciones Moreno Medina.

Según los análisis de que consta el sumario, el origen de la contaminación del agua está en las estopas que recubren las junturas de las cañerías, que están empapadas de gasóleo. La primera sentencia consideraba omisiva la conducta de los técnicos, una conducta anómala "no sólo inicial sino sucesiva y final, dado que su autoridad profesional podría imponer incluso la rectificación de obra".

La nueva sentencia indicaba que no hay prueba objetiva que permita afirmar que la conducta de los técnicos "haya estado impregnada de desidia profesional, negligencia o dejadez, que permita considerar sus conductas encuadradas en el ámbito penal y no en el civil". El juez dicta el fallo "en la seguridad de que los tribunales civiles darán cumplida satisfacción a los perjudicados.

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