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Delito y conciencia social

El pintoresco espectáculo que las declaraciones de Pedro Ruiz o de la inefable Lola Flores nos ofrecían, en relación con sus presuntas defraudaciones fiscales, no podían por menos que recordarnos aquella deliciosa descripción de Richard Ford sobre el sistema impositivo español que hace en su Manual para viajeros por España, en 1841, cuando decía: "Un odio muy arraigado a las restricciones aduaneras -a los impuestos podríamos añadir- que duelen al estómago, es cosa natural en el corazón humano... Por estrictas que sean las leyes, serán desobedecidas de una forma u otra, y en España ésta desobediencia no es considerada en absoluto un crimen digno de censura, sino todo lo más una falta convencional, no una tacha moral...".Sólo en este contexto y en el de la picaresca fiscal no merecen mayor comentario las pobres excusas de Lola Flores sobre que no sabía que tenía que presentar su declaración del impuesto sobre la renta, o que no tenía que pagar porque había gastado dinero. La actuación de Pedro Ruiz es harina de otro costal. Sus manifestaciones y provocaciones le han generado el rechazo de la gran mayoría de la población. En el fondo, flaco servicio se ha hecho a sí mismo. En el perdón lleva su propio castigo.

Pero el problema no radica tanto en hacer un diagnóstico de la situación, sino en conocer cuáles pueden ser las causas por las que en un país en que la mayor parte, y sobre todo los que perciben rentas salariales, paga, casi religiosamente, sus impuestos, puede haber tal grado de frivolidad en determinados elementos sociales que, además de evadirlos, se llegue hasta presumir de esta situación.

Gestión eficaz

Y es que no se debe olvidar que un sistema fiscal relativamente justo sólo puede funcionar cuando existe una conciencia social de su conveniencia y de su cumplimiento y una eficaz gestión del gasto público. En este sentido, se puede decir que se han dado pasos importantes, pero también se han cometido errores del mismo calibre que han supuesto una importante quiebra de la conciencia fiscal.

La reforma fiscal que se inicia en nuestro país en 1977 creó un sistema fiscal moderno y acorde a nuestras pretensiones de tener una imposición más equitativa y justa. Sin embargo, las sucesivas reformas posteriores han venido a desnaturalizarlo, y al final han primado las necesidades recaudatorias y se ha favorecido la especulación.

Técnica y socialmente se cometieron errores importantes. El primero fue gravar las plusvalías a medio y largo plazo a los tipos generales de la escala, con unas correcciones mínimas en cuanto a la inflación, lo que supuso un grave deterioro de la conciencia fiscal. Difícilmente está alguien dispuesto a pagar por encima de lo que considera sus beneficios reales y de acuerdo con sus beneficios nominales.

El mayor error, sin embargo, fue permitir el dinero negro. El Estado se hizo con el monopolio del mismo, con lo que, de hecho, fomentó de forma importante la especulación inmobiliaria y mobiliaria, que ha dado origen a toda esa increíble defraudación de los seguros de primas únicas u otros activos financieros, pretendidamente opacos al fisco, generando asimismo una mentalidad de evasión fiscal.

Lo importante en un sistema fiscal no es tanto la represión a posteriori, sino tratar de hacer muy difícil, a priori, la posibilidad de defraudar.

No se consiguió establecer un sistema relativamente objetivo para fijar los valores fiscales, lo que, por otra parte, no es nada fácil técnicamente, cuando se permite el dinero negro y no se regula el documento privado. Desgraciadamente, las medidas con que se pretende corregir esta situación, mediante la denominada ley de Tasas, no pueden ser más desafortunada por lo que conocemos de la misma, y quizá se pueda vaticinar que será también modificada sensiblemente o incluso anulada por los tribunales pertinentes.

Se mantuvo asimismo una fiscalidad local con enormes dosis de arbitrariedad e irracionalidad, agravada por la eliminación de las garantías para el contribuyente, que ha supuesto la imposibilidad de impugnar estas liquidaciones ante los tribunales económico-administrativos.

Se desnaturalizó el propio impuesto sobre la renta al suprimir importantes gastos, necesarios para la obtención de los ingresos, además del sinsentido que supone que las plusvalías se sumen a los ingresos generales del contribuyente y las minusvalías no sean deducibles.

Cuerpos de inspectores

No sólo no se ha conseguido una administración de Hacienda más eficaz, sino que la unificación de los cuerpos de inspectores, la burocratización de sus funciones y las bajas remuneraciones han destruido en parte uno de los mejores cuerpos que tenía la Administración, como es la Inspección de Hacienda, necesaria para llevar adelante la reforma fiscal y más útil como instrumento de control que la represión penal.

El resultado ha sido un sistema fiscal complejo, poco equitativo, con grandes posibilidades para la evasión y escasos estímulos al ahorro, de forma que se ha perdido la conciencia social del cumplimiento de las obligaciones fiscales y se ha ido fomentando de nuevo una mentalidad de defraudación. Conscientes de ello, y en cierto modo culpables, los rectores de la Hacienda pública española han tratado de sustituir la conciencia fiscal por la represión administrativa y penal.

En este aspecto quizá se hayan producido las mayores equivocaciones. Los errores cometidos en la regulación del régimen sancionador creemos merecen un análisis específico.

Con anterioridad a la modificación de la ley General Tributaria de 1985 se agravan las infracciones fiscales con una sanción del 50% sobre la cuota, que si se aceptaba, quedaba en el 25%. Tratamiento que, a pesar de sus críticas, tenía ventajas, ya que permitía sancionar con cierta dureza a los que defraudaban, y eran mínimas las correcciones a realizar para que la evasión fiscal no fuera rentable. La reforma del año 1985 supuso un agravamiento tal de las sanciones que las han hecho prácticamente inaplicables. En primer lugar, se regulaba el ilícito fiscal como ¡lícito objetivo, es decir, cualquier conducta, aunque hubiere duda racional sobre la interpretación de las normas, se consideraba como infracción, además de un agravamiento de las sanciones y de su cuantía, oscila del 100% al 300% de la cuota.

Tan absurdo era este régimen, que la propia Hacienda, a raíz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha tenido que modificar estos criterios en su circular de 29 de febrero de 1988, y de hecho hoy día el sistema es más liviano que el existente con anterioridad, y muchos nos tememos que algunos artículos de esa reforma serán declarados anticonstitucionales.

La regulación de delito fiscal cae de lleno en esta rigidez que comentamos y, consecuentemente, en la inaplicación social. Casi todo el mundo está de acuerdo en la necesidad de reprimir el fraude fiscal, e incluso en la creación del delito fiscal en ciertos casos, pero difícilmente se está de acuerdo en las penas muy graves, máxime cuando se habla de privación de libertad.

El caso de Lola Flores es paradigmático. Se reprueba socialmente su conducta y sus manifestaciones. Se piensa que debe soportar una multa fuerte, pero a casi nadie se le ocurre pensar, por más que lo diga una norma, que Lola Flores por no pagar al fisco debe ir dos o tres años a Carabanchel, y más de uno, incluso a los jueces, le pueden entrar escalofríos de imaginarlo, por lo que a buen seguro el tribunal que la ha juzgado debe estar enormemente agradecido a la sentencia del Tribunal Constitucional, que ha servido de vía de escape para no tener que aplicar la legislación existente.

El delito fiscal debería haber sido sancionado con multa pecuniaria de cierta consideración, y sólo en casos muy específicos con penas de privación de libertad, y éstas, leves, de forma que la primera vez se aplicará de entrada la libertad condicional.

Las lamentaciones del señor Borrell, en parte correctas, chocan con la realidad social, que nos parece más importante que dichas lamentaciones, ya que el sentimiento de rechazo a la defraudación de Lola Flores se iba a convertir en un sentimiento de apoyo si se le hubiera mandado a la cárcel, porque, como también dice R. Ford, "en España la masa del pueblo está en cuerpo y alma con el defraudador, como en el Reino Unido lo está con el cazador furtivo". Y, por otra parte, deben tenerse en cuenta esos sentimientos cuando están ampliamente arraigados.

Con ello no pretendemos negar a la Hacienda pública la necesidad de exigir a todos el cumplimiento de la normativa fiscal, ni desconocer el enorme esfuerzo que el señor Borrell está haciendo por conseguir que el sistema fiscal se aplique a todos los ciudadanos, así como su valor personal en afrontar ese papel impopular. Pero dicho esfuerzo debe ir unido a una legislación fiscal acorde a la realidad, sin olvidar que la normativa no sólo hay que predicarla y exigirla de los contribunentes.

Ignorar a Montesquieu

Quizá el error de Hacienda haya sido el ignorar aquello que decía Montesquieu en el Espíritu de las leyes: "Si hubiera una nación en el mundo que tuviera humor sociable, corazón abierto, alegría de vivir, gusto, facilidad de comunicar su pensamiento, que fuese vivaz, agradable, a veces prudente, a menudo indiscreta, y que tuviese además valentía, generosidad, franqueza y cierto pundonor, no se debería poner estorbos a sus hábitos mediante leyes para no estorbar a sus virtudes. Si el carácter es bueno en general, no importa que tenga algunos defectos".

Y es que corresponde al legislador y al poder ejecutivo acomodarse al espíritu de la nación, y no vicecersa. El loable empeño del señor Borrell no está reñido con aquella otra máxima del citado autor de que "hay que cambiar por medio de costumbres lo que está establecido por éstas, y es mala política cambiar por leyes lo que debe ser cambiado por nuevos hábitos".

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