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LA LIBERACIÓN DEL SECTOR AUDIOVISUAL

Carrera contra el tiempo

Los aspirantes obtener la ficencla de explotacion de un canal de televisión privada tienen de plazo hasta el día 17 del mes de mayo para presentar la solicitud ante la Administración. Cumplidas las, calificadas por muchos, duras condiciones de adjudicación tanto financieras como técnicas, los aspirantes deberán esperar a que a mediados del próximo mes de junio o, como muy tarde, julio, el Gobierno haga pública la adjudicación definitiva de los canales.A partir de este momento las empresas a las que se les hubiera adjudicado una licencia deberán comenzar a emitir en Madrid y Barcelona antes de los seis meses siguientes (probablemente enero o febrero de 1990), de lo contrario sería anulada la licencia. La cobertura del resto del territorio nacional se hará en distintas fases, hasta alcanzar el 80% del territorio en 1995.

Los grupos aspirantes tendrán que superar también determinadas condiciones, como es el que el 15% de la programación sea de producción propia y otro 40% de producción originaria de países de la Comunidad Europea.

Publicidad

En relación con la publicidad, sólo se permitirá la emisón de un 10% del total de horas de programación anual y el tiempo de emisión destinado a publicidad podrá ser de hasta diez minutos en cada hora de programación. Por otra parte, no se podrán emitir películas hasta pasados dos años desde su estreno comercial.

Los concesionarios deberán suscribir un contrato con Retevisión, ente público gestor de la red de transporte de señales dependiente-del Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones. Para utilizar la red deberán pagar una cantidad fija y otra variable. La cantidad fija mensual se calcula en unos 55 millones de pesetas y la variable alcanzará 3.100 pesetas por cada hora de emisión.

Al final del proceso estas cantidades se situarán en 305 millones al mes de cantidad fija y 37.500 pesetas por cada hora de emisión. Las concesiones se otorgarán por diez años renovables por periodos iguales de tiempo según acuerdos del Consejo de Ministros.

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