El Supremo declara padre a un comandante que se negó a la prueba biológica
La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado al comandante jurídico del Aire Pedro Rubio San Romín a aceptar la paternidad de la hija tenida con Paula M. E. tras haberse negado a someterse a la prueba biológica de la paternidad. La sentencia del Supremo convalida el fallo de primera instancia que condenó a Rubio a abonar 40.000 pesetas mensuales a la madre, soltera, que continuará con la patria potestad de la niña.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el presidente de la sala, Juan Latour -y que ha sido también firmada por los magistrados Antonio Carretero, Francisco Morales, Teófilo Ortega y Antonio Fernández-, revoca el fallo de la Audiencia Territorial de Madrid y da la razón al magistrado discrepante, Joaquín Navarro Estevan, quien votó a favor de la presunción de la paternidad. A este criterio se opuso el fiscal en la vista, siguiendo instruccinoes del fiscal de sala, Jesús Vicente Chamorro.El origen de esta causa fue la demanda presentada por la estudiante Paula M. M. E. contra el abogado y comandante jurídico del Ejército del Aire y asesor de Aviaco, Pedro Rubio San Román, sobre investigación de la paternidad. El juez de primera instancia número 17 de Madrid, Gabriel Gonzalvez Aguado, estimó la demanda y declaró la paternidad de Rubio, quien se había opuesto reiteradamente a someterse a la prueba biológica de la paternidad. Además de este hecho, el fallo estuvo motivado por la prueba de la relación personal existente entre Paula y Pedro, quienes tras el embarazo acudieron juntos al ginecólogo, que escribió en la ficha médica: "señora de Rubio".
En los fundamentos jurídicos de la sentencia del Supremo se resalta la "mesura y acierto" con que el voto particular de Navarro analizó "la negativa obstruccionista por parte del padre para someterse a las pruebas biológicas". Entre otros argumentos, dicho magistrado recordó que la prueba biológica es de "irrelevante penosidad física, singularmente en una persona que, como el apelante, padece diabetes y, por tanto, se inyecta con harta frecuencia". En consecuencia, Navarro eliminaba "cualquier hipotético temor a la extracción de sangre, por demás improbable", afirmaba, "en un jefe del Ejército".
Discrepancia mesurada
El Supremo razona que la introducción por la Constitución del principio de investigación de la paternidad "ha supuesto un giro copernicano", dice, "al destacar como primario el derecho del hijo a que se le declare su filiación biológica", frente al que no pueden prosperar los "derechos individualistas" opuestos a la prueba biológica, que significarían "un fraude de ley y un ejercicio antisocial del derecho".El Supremo estima "aleccionadora" la actitud del comandante Rubio, cuyo "obstruccionismo cobra caracteres inusitados", dada su condición, recuerda la sentencia, de "profesional del Derecho". Relata la sala que el demandado recurrió primero contra la admisión a trámite de la demanda, por falta de pruebas; más tarde, pidió el recibimiento a prueba, y cuando se admitió la biológica, se opuso a ella alegando su inconstitucionalidad. Otro dato de la obstrucción que recoge el Supremo es que, cuando el comandante fue requerido, afirmó que tal prueba lleva consigo un resultado "que la ciencia y la práctica no consideran en absoluto seguro, sino sujeto a errores e imprecisiones".
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