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La autoridad monetaria castiga la venta de acciones de las entidades bancarias con créditos propios

El Banco de España dictó ayer una circular, que será publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, que establece un coeficiente del 100% sobre los recursos propios de las entidades bancarias por los créditos concedidos a terceros no empleados y del 35% al concedido a los empleados para la adquisición de acciones del propio grupo. Esto supone que de cada 1.000 pesetas concedidas para comprar acciones a personas físicas -no empleados- o jurídicas, otras 1.000 pesetas de los recursos propios de la entidad quedan congeladas. En el caso de los empleados, de cada 1.000 pesetas de crédito, 350 pesetas de recursos propios quedarán afectadas, ya que la norma intenta suavizar el tratamiento al crédito concedido en estos casos.

La directiva va dirigida específicamente a los bancos Central, Español de Crédito y Bilbao Vizcaya, que han colocado recientemente títulos por este mecanismo. La circular del banco emisor señala que su objetivo es impedir que una parte considerable del capital del banco esté financiada con este tipo de créditos. "Las acciones así financiadas, especialmente si se trata de créditos blandos específicamente ligados, de una u otra forma, a la expresa tenencia de las acciones, deben ser deducidas de los recursos propios del banco", dice la nueva normativa.Ayer, los bancos afectados, así como las firmas de auditoría consultadas, mantenían un cerrado mutismo, a la espera del texto de la circular, sin arriesgar opinión alguna. Uno de los puntos más sensibles es la retroactividad de la normativa. Según una fuente del Banco de España, al establecerse el coeficiente señalado, todos los bancos que tengan créditos de esta naturaleza deberán cumplir con lo dispuesto, aun cuando la operación sea anterior a la fecha de publicación.

"Es una nueva disposición, y así es en todos los casos. Cuando se deben provisionar riesgos, nadie establece su antigüe dad como condición; si el riesgo está vivo, se provisionará de una forma; si es moroso, de otra, pero se provisionará", señaló la fuente. La medida despertó fuerte inquietud ayer en la banca.

El matiz respecto de la adquisición de títulos por los empleados responde a la segunda directriz del Consejo de la Comunidad Europea (CE).

Ésta dice, en su artículo 23, que una sociedad "no podrá anticipar fondos, conceder préstamos ni ofrecer garantías para la adquisición de sus acciones por un tercero". Acto seguido, en el punto segundo, señala que "el párrafo antedicho no se aplicará a las transacciones efectuadas en el marco de las operaciones corrientes de los bancos y de otros establecimientos financieros, ni a las operaciones realizadas con ocasión de la adquisición de acciones por o para el personal de la propia sociedad o de otra vinculada".

En el proyecto de ley de Sociedades Anónimas, publicado el 22 de abril de 1988 por el Boletín de las Cortes, se establece lo mismo en el artículo 47, aunque fijando que debe disponerse en el pasivo del balance "una reserva equivalente al importe de los créditos anotados en el activo".

El mecanismo de la circular es arrollador. De hecho, la concesión de los créditos para adquisición de acciones propias supone, bajo esta norma, reducir los recursos propios de los bancos. Esto se debe a que el coeficiente de garantía que regula las inversiones de los bancos -la cantidad de crédito que cada banco puede conceder está limitada a sus recursos propios-, tras la circular, obligaría a las entidades que apelaron a esta forma de colocación de acciones a reducir sus inversiones que generan los beneficios bancarios.

Inmovilizado

Si las cifras dadas a conocer sobre la colocación de acciones son reales -el Central ha dicho haber colocado unos 35.000 millones de pesetas de acciones entre sus empleados, y el Banesto, unos 40.000 millones-, la circular supondría al Central inmovilizar 12.250 millones de pesetas de sus recursos propios, que ascienden a 264.500 millones de pesetas, y al Banesto, unos 14.000 millones sobre recursos propios idénticos. Esto siempre y cuando la colocación haya sido efectuada sólo entre empleados. Versiones periodísticas señalan que esta operación se ha desarrollado también entre clientes y empresas, incluso del grupo.

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