El fiscal se opone en el Supremo a la presunción de paternidad de un comandante que se negó a someterse a la prueba biológica
La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo dejó ayer visto para sentencia el recurso de casación contra el fallo de la Audiencia Territorial de Madrid que desestimó la demanda de investigación de la paternidad de Paula M. M. E. contra Pedro Rubio San Román, comandante jurídico del Aire, quien se había opuesto a efectuar la prueba biológica. En línea con el voto particular formulado en su día por el magistrado Joaquín Navarro Estevan, el abogado de la recurrente consideró que la negativa a tal prueba debe ser decisiva para admitir el recurso. El fiscal y el abogado de Rubio alegaron falta de pruebas de la paternidad.El abogado del comandante Rubio insistió en que su patrocinado no se negó a la prueba biológica, sino que simplemente se opuso a ella y no fue requerido judicialmente a realizarla. Dijo que la declaración de paternidad violaría el principio de legalidad
La "relación íntima"
El fiscal, en línea con la posición mantenida por el Ministerio Público en todo el proceso, se opuso formalmente al recurso, si bien realizó algunas argumentaciones jurídicas en las que podrí fundamentarse una sentencia estimatoria del recurso. Entre otras cosas, señaló que la "relación íntima" entre un hombre y una mujer es difícilimente probable, pero que sí se había probado la relación personal entre la madre y el presunto padre. Recordó que la sentencia recurrida consideró que "la reiterada negativa del demandado a someterse a la prueba biológica" no podía interpretarse "como reconocimiento indirecto de la paternidad".
El origen de este caso fue una sentencia del juez de primera instancia número 17 de Madrid que condenó al comandante Pedro Rubio a abonar 40.000 pesetas mensuales a la demandante, soltera, para mantener a la hija extramatrimonial tenida con ella. La Audiencia Territorial de Madrid -evocó esta sentencia, a la que fórmuló un voto particular el magistrado Navarro, quien ofreció una evaluación muy diferente a la de, la mayoría sobre "la reiterada y tenaz negativa (...) a someterse a la llamada prueba biológica". El recurso ha mantenido la tes s de este magístrado, según el cual el principio constitucional de protección de los hijos no puede hacerse imposible mediante la negativa a "la prueba más inequívoca y directa" para investigar la paternidad.
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