La decisión del Constitucional restablece el equilibrio fiscal

Jesús García Gombau, quien presentó el recurso de inconstitucionalidad sobre la declaración conjunta de los matrímonios, declaró ayer a una emisora de radio que la sentencia del Tribunal Constitucional "supone una victoria de todos y da pena que parezca que la aceptan a regañadientes".Por su parte representantes de CC OO declararon ayer que la sentencia del TC viene a cumplimentar una reivindicación tradicional del sindicato, porque la declaración conjunta de los matrimonios suponía un mecanismo de discriminación contra la acumulación de las rentas del trabajo.El catedrático de derecho constitucional, y ex ministro de Trabajo, Manuel Jiménez de Parga, declaró ayer que la sentencia del alto tribunal soluciona cuestiones importantes, pero deja otras sin resolver.
Unidad familiar
Se pone fin, y esto es satisfactorio, a la discriminación fiscal que padecían las unidades familiares legítimamente constituídas, pero a la sentencia del Constitucional le falta, sin embargo, una decisión clara sobre las violaciones al principio de igualdad en materia tributaria, cometidas en los últimos 10 años", dijo.Los expertos en jurisprudencia fiscal señalaron ayer que del texto de la sentencia se fija claramente que las cargas fiscales de los miembros de una unidad familiar en ningún caso pueden exceder de la que se derivaría de la declaración por separado de los mismos. Sin embargo no se especifica que la declaración se deba hacer por separado.
Lo que a los efectos de los contribuyentes es igual, puesto que se elimina la discriminación,es sustancialmente distinto para Hacienda.
El Ministerio en su nuevo reglamento puede seguir exigiendo que la declaración sea conjunta, sin por ello incrementar la carga fiscal.Mantener el régimen conjunto supondría simplificar el control y evitar una duplicación de declaraciones, lo que requeriría un incremento de los mecanismos de control y supondría un mayor gasto administrativo. La decisión sobre el mecanismo que los matrimonios deberán utilizar para la declaración, con la salvedad antes expuesta, queda al arbitrio del nuevo reglamento.
Sin embargo su tránsito parlamentario puede suponer modificaciones ahora imprevisibles, si con el objetivo de abaratar los mecanismos de control admistrativo se mantiene el sistema -al menos formal- de la declaración conjunta.
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