Seis meses de cárcel para el policía que mató por confusión a un ejecutivo de Sr¡ Lanka
La Sala Primera de lo Penal de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado al policía Alberto Delgado Ávila a seis meses de prisión menor por un supuesto delito de homicidio por imprudencia temeraria cometido en la persona del ciudadano de Sri Lanka Vedamanicam Joshua Carlson Rajian, ocurrido en octubre de 1986.
Además de la pena, el tribunal condena al policía, y subsidiariamente al Estado, a una indemnización de 35 millones de pesetas para la esposa del fallecido y otros 15 millones para su hija, que estuvo presente en los hechos y que intervino como testigo en el juicio celebrado los pasados 30 y 31 de enero.La muerte de Vedamanicam Joshua, un ejecutivo afincado en Londres de 46 años, ocurrió el 29 de octubre de 1986, cuando éste, acompañado de su hija Sanhtha Alise Rajian, se trasladaron en avión hasta Sevilla, desde la capital británica. Una comunicación de la Brigada Central de Estupefacientes de Madrid alertó a la policía sevillana ordenando a ésta el seguimiento de los dos ciudadanos de Sr¡ Lanka y su detención cuando contactasen con terceras personas, por su posible conexión con traficantes de heroína y miembros de la guerrilla tamil.
Sin embargo, el verdadero motivo de la visita de Vedamanicam Joshua era una reunión de negocios con en gerente de la empresa Garficromo, SA, radicada en Córdoba, hacia donde se dirigió el fallecido acompañado de un chófer y el hijo del gerente cordobés. Durante el trayecto hacia Córdoba, la policía siguió en dos vehículos al presuntamente sospechoso, y los interceptó en las cercanías de la localidad sevillana de Carmona. Fue entonces cuando, al intentar abrir una de las puertas del coche, el policía Alberto Delgado Ávila golpeó su revólver contra el vehículo, produciéndose el disparo y causando la muerte a Vedamanicam Joshua.
La sentencia dictada por la sala mantiene la línea argumental expuesta por el fiscal y por la acusación particular, que consideró la actuación policial de gravemente negligente. El magistrado José Gómez Salvago, disconforme con la condena, formuló un voto particular, en el que consideraba los hechos constitutivos de una falta, por los que condenaba al policía a pagar 25.000 pesetas, manteniendo la misma cantidad de indemnización.
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