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Múgica minimiza la primera condena a España por violar los derechos humanos

El Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han reaccionado de forma contradictoria ante la primera condena contra España por no respetar el derecho a un "juicio equitativo", adoptada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Mientras el ministro de Justicia, Enrique Múgica, minimizó la condena al vincularla a "vicio de forma de procedimiento", el vicepresidente del CGPJ, Manuel Peris, señaló que los tribunales españoles deberán recoger las pautas de la sentencia y adoptar las garantías necesarias en los juicios.

La sentencia del pleno del tribunal europeo, leída ayer por su presidente, el noruego Rolv Ryssdal, en Estrasburgo, confirma la condena al Estado español por 10 frente a ocho votos. Estima que se produjo violación del derecho a un juicio equitativo y público en la vista celebrada el 12 de enero de 1982 contra los acusados del asesinato de José María Bultó. Asimismo, confirma la absolución a España, por unanimidad, respecto a la pretendida violación de la presunción de inocencia. Confirma también la concesión de un plazo de tres meses al Gobierno español y a los demandantes para alcanzar un acuerdo sobre la reparación que corresponde (veáse EL PAÍS de ayer).En declaraciones a la agencia Efe, el ministro de Justicia, Enrique Múgica, confundió al industrial catalán José María Bultó con Joaquín Viola, ex alcalde de Barcelona, cuando manifestó que la condena tiene como origen el recurso de "los abogados de los asesinos del que fue alcalde de Barcelona, José María Bultó". Viola y Bultó murieron en circunstancias sirrillares, tras adherirles sus asesinos sendos artefactos explosivos al pecho. Múgica resaltó la "diferencia mínima" de dos votos y añadió: "No se trata de tina sentencia por violación de derechos humanos, en el senilido que nosotros y la opinión pública damos a los derechos humanos si no por vicío de forma de procedimiento".

Estas afirmaciones contrastan con las realizadas a la misma agencia por Manuel Peris, vicepresidente del CGPJ y conocedor a fondo de la tramitación del caso Bultó en Estrasburgo, ya que, junto al teniente fiscal Cándido Conde-Pumpido Ferreiro, representó a España ante el tribunal europeo. Peris aseguró que los tribunales españoles deberán recoger las pautas de la sentencia respecto a los requisitos de un "juicio equitativo y público". En concreto, señaló que los tribunales españoles a partir de ahora "deberán ser exquisitos en la adopción de garantías necesarias para los acusados y los acusadores". Perís negó que sea posible la revisión del caso Bultó, pero admitió fundamento para solicitar el indulto.

Satisfaecíón de Barberá

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Por su parte, uno de los tres demandantes, Francese Xavier Barberá, condenado a 36 años de prisión por el asesinato de Bultó, recibió con satisfacción la sentencia, según informa desde Lérida Lluís Visa. Barberá, que cumple actualmente condena en la sección abierta de la prisión Lérida 1, valoró la condena a España como "muy positiva" y reclamó la inmediata anulación de "una sentencia política", que estimó como "un castigo al independentismo catalán, que no aceptó el Estado de las autonomías".

Según el texto en francés de la sentencia, facilitado ayer oficialmente, la condena a España se fundamenta en que el juicio celebrado en la Audiencia Nacional contra los acusados del asesinato de Bultó no cumplió los requisitos exigidos por el Convenio Europeo de Dere chos Humanos. Así, el tribunal estima "lamentable" la llegada a Madrid de los procesados procedentes de Barcelona, horas antes de la vista, lo que "debilitó su posición en el momento crucial en que ellos tenían necesidad", dice el tribunal, "de todos sus medios para defenderse, y especialmente para afrontar su interrogatorio y coordinarse eficazmente con sus abogados". Igualmente, el tribunal reprocha que la sustitución de dos miembros del tribunal "sin preaviso, cogió desprevenida a la defensa". Añade que el desarrollo del juicio, en el que muchas pruebas escritas se dieron "por reproducidas", no permitió a los abogados de los acusados ejercer el derecho de contradecirlas. "En consecuencia", dice el tribunal, "una gran parte de las pruebas fue sustraída al control del público". Estas deficiencias de la vista no fueron consideradas por los 18 jueces europeos suficientes para declarar violado el principio de presunción de inocencia, pero 10 de ellos decidieron que se violó el derecho a un juicio "equitativo y público".

La primera condena al Estado español, que desde julio de 1981 admite el recurso individual ante el tribunal europeo por la violación del convenio, se suma a las 76 condenas que hasta 1987 recayeron contra diferentes países miembros del Consejo de Europa. El máximo de condenas, 19, fueron para el Reino Unido, seguido por Austria, con 11; Italia y Bélgica, igualadas a 10; Holanda, con ocho, y República Federal de Alemania, con siete.

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