Personalidad sádica
La sentencia dictada ayer por la Audiencia Provincial de Madrid considera que David Baxter, que estranguló el 2 de marzo de 1987 a una prostituta en Madrid y mutiló su cadáver, padece un trastorno psicosexual cuyo rasgo esencial es la necesidad de infligir sufrimiento físico o psicológico para experimentar placer sexual.Este hecho, y el de que Baxter había ingerido bebidas alcohólicas, dio lugar a que el procesado "tuviera la conciencia estrechada en esos momentos y su voluntad impulsivamente dirigida por los instintos y tendencias, lo que originó que sus facultades volitivas e intelectuales se encontraran muy disminuidas".
El fallo, que condena a Baxter Noyes a 20 años de prisión, se fundamenta en el dictamen de los psiquiatras, que negaron que éste simulara su amnesia respecto de lo sucedido en la habitación del hotel Miguel Ángel, de Madrid, después de discutir con la prostituta.
La consecuencia jurídica de esta perturbación es que el tribunal aplica la eximente incompleta de transtorno mental transitorio, que reduce sensiblemente la pena por los delitos de asesinato y profanación de cadáver.
Baxter Noyes no recordó en el juicio nada de lo ocurrido desde que llegaron a la habitación del hotel hasta que, a la mañana siguiente, la policía fue a la habitación para detenerle. Para el tribunal, es de aplicación la eximente incompleta de transtorno mental transitorio por la personalidad sádica de Baxter y el alcohol ingerido, como lo demuestra la "burda maniobra" de arrojar el cadáver por la ventana, si con eso quería eliminar su vinculación con el crimen.
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