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Reportaje:

La Audiencia confirma el procesamiento de Nuñez y Schuster y rebaja la fianza a 25.000 pesetas

Blanca Cia

La Audiencia de Barcelona ha confirmado los procesamientos de Bernd Schuster y Josep Lluís Núñez por un supuesto delito fiscal de 6.571.626 pesetas. El tribunal de la Sección Primera de lo Penal, que ha estudiado el recurso de las defensas contra el procesamiento, ha rebajado las fianzas impuestas por el juez instructor de más de 52 millones para cada uno de los procesados, a 25.000 pesetas. En el auto, los magistrados hacen una dura crítica tanto al juez instructor del sumario, Jesús Miguel Florit, como a su sustituto, César Planas, por entender que éstos incurrieron en una "extralimitación".

Mientras la Audiencia notificaba a las defensas el contenido de la resolución que rebaja la fianza, los representantes legales de Josep Lluís Núñez, que todavía ignoraban la modificación, depositaban los 52 millones requeridos por el Juzgado de Instrucción número 7, ya que habían sido apremiados para el depósito del aval bancario. Joan Piqué Vidal, abogado de Núñez, manifestó que hoy cambiarían el aval depositado por otro de 25.000 pesetas.El auto dictado ahora por el tribunal, presidido por el magistrado Adolfo Fernández Oubiña, en respuesta a los recursos de queja presentados por las defensas, afirma que la fianza impuesta por el juez instructor, Jesús Miguel Florit, constituye una "extralimitación, sacralizada por la incuria del sustituto [en referencia al juez César Planas] sin parámetro alguno que la Justifique".

El tribunal entiende que la fianza por responsabilidad civil sólo esta destinada a cubrir las costas del procedimiento y que "la sociedad no autoriza al Juez a acosar a un ciudadano con la imposición de una pena económica anticipada, en cantidad inexplicable". El punto de vista del tribunal que ha rebajado la fianza es que la responsabilidad civil no puede sancionar un supuesto delito que todavía no ha sido juzgado. El hecho contrario, fijar una alta fianza, no está justificado ni por la consideración de que "la elusión impositiva se aproxima en su trascendencia a una especie de terrorismo moral en cuanto daña la voluntad de la ciudadanía", según subraya el auto.

El tribunal también precisa que en este caso concreto no tiene ninguna importancia fijar una alta fianza porque los procesados, en el caso que fueran condenados por el fraude a Hacienda, no eludirían el pago de la multa. Así, el auto explica que la garantía del pago la constituyen los beneficios periódicos que obtiene Schuster "por la práctica de su arte". Del mismo modo, el tribunal rechaza la exigencia de una alta fianza a depositar por Núñez por que entiende que el Fútbol Club Barcelona posee "un bien inmueble de valor incalculable" que avala la solvencia en el caso de sanción económica.

Compleja fianza

Al margen de la cuestión de la fianza, el tribunal critica la actuación del juez César Planas, actual instructor del caso, por entender que en este caso "ha hecho gala de una sorprendente imaginación concediendo un recurso que no existe". En opinión del tribunal, el recurso de queja sólo cabe en determinadas situaciones y no era admisible en el caso concreto del procesamiento contra Schuster y Núñez.El procesamiento de Schuster y Núñez por delito fiscal se ha caracterizado por una compleja evolución del criterio judicial. respecto a la fianza que se debe depositar en concepto de responsabilidad civil. El 27 de mayo, el juez instructor, Jesús Miguel Florit, procesó a los acusados y ordenó el depósito de 52.441.575 pesetas para cada uno de los encausados. Florit cesó por traslado del juzgado y el magistrado Planas se hizo cargo del mismo provisionalmente.

Las defensas recurrieron, en reforma, el procesamiento y el juez Planas estudió el sumario consultándolo con otros magistrados de la Audiencia -en concreto de la sala que ha fallado ahora-, quienes participaron en la redacción preliminar de la respuesta al recurso, en la que ya se rebajaba la fianza a 500.000 pesetas. Esta considerable rebaja, que figuraba en el borrador del auto, fue hecha pública por los medios de comunicación, pero, al cabo de tres días, el juez Planas cambió de criterio y volvió a fijar la fianza en más de 52 millones de pesetas. Finalmente, la Audiencia, confirmando y ampliando el criterio que ya se incluía en el citado borrador, la ha establecido en 25.000 pesetas, cantidad que es definitiva.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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