Los funcionarios de prisiones del 'caso Rueda' no ingresarán en prisión hasta que falle el Supremo
El director, el subdirector y los funcionarios de la cárcel de Carabanchel condenados a penas de entre 6 y 10 años de prisión no ingresarán en ningún centro penitenciario para iniciar el cumplimiento de la pena impuesta, mientras se espera la resolución del Tribunal Supremo sobre el recurso que tienen presentado, según decidió ayer la Audiencia Provincial de Madrid. El tribunal estima que como los funcionarios no se han fugado en los 10 años que dura el proceso, no debe esperarse que lo hagan ahora.Sin embargo, la representación de María Rueda, hermana del preso fallecido, había pedido que los condenados ingresaran en prisión ante el temor de que alguno de ellos -Eduardo Cantos, Antonio Rubio, Marcos Mínguez, Hermenegildo Pérez Bolaños, Nemesio López Tapia, Alberto de Lara, Juan Rufo, Alfredo Mallo, Esteban Carcedo y Andrés Benítez- pudiera huir. A esta petición se adhirió el fiscal.
Eludir a la justicia
La resolución de la audiencia precisa que la prisión provisional es una institución que deba aplicarse con criterios eminentemente restrictivos, y dado su carácter de medida de aseguramiento, sólo tiene razón de ser cuando se decreta como medio para evitar que el procesado trate de eludir la acción de la Justicia o cuando, dada la naturaleza del delito y de la pena que le corresponda, se exija una respuesta institucional fulminante frente a tan Ilícito proceder. La audiencia precisa que en el caso Rueda "difícilmente se puede pensar que los procesados traten de eludir las responsabilidades penales en que han incurrido, cuando durante los 10 años transcurridos puntualmente han comparecido cuantas veces se les requirió para ello".El tribunal precisa que acordar la prisión provisional a los diez años de ocurridos los hechos, carece de sentido, y lo único que conllevaría sería un cumplimiento de pena anticipado.
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