Condenar absolviendo
EL Auto de prisión incondicional dictado contra la abogada Cristina Almeida por el juez de instrucción número 1 de Pamplona, Guillermo Ruiz Polanco, tenía todos los ingredientes del esperpento y del abuso de poder y resultaba un ejemplo clamoroso de la indefensión del ciudadano ante personas investidas de autoridad, pero no de criterio. La sentencia dictada ahora contra la popular letrada, en la que se la condena moralmente y se la absuelve jurídicamente, es aún peor si cabe.Almeida es absuelta en términos de justicia, pero es condenada duramente en su proceder y en su conducta. Arrogándose un papel que sobrepasa el de administrador de justicia, el individuo que firma la sentencia se muestra generoso no llevando a la cárcel a quien ya quiso llevar precipitada e imprudentemente en otra ocasión.
Pero se permite al mismo tiempo crucificar delante de todos a una ciudadana con expresiones rayanas en el insulto. "No ofende quien quiere, sino quien puede" ha sido, en definitiva, el argumento utilizado por el juez en cuestión para fundamentar su sentencia absolutoria. Esperemos que Cristina Almeida tendrá en cuenta esta luminosa frase a la hora de valorar las injurias que contra ella se vierten en la sentencia.
El susodicho juzgador, que, al margen lo que sepa del derecho, maneja a la perfección el tópico literario, dictamina que en este caso "mucho ha sido el ruido y pocas van a ser las nueces". Claro que el ruido lo organizó principalmente él, que quiso privar de libertad a una ciudadana por un hecho que ni siquiera ha tenido la consideración de delito. Y lo vuelve a organizar él -sean cuales sean las nueces que pueda enseñar - con su extraña resolución absolutoria. En ella el juez supuestamente ofendido ve identificado su honor "con el de su pueblo y el honor de su Rey", y la ofensora, sobre la que ya se ha decretado que no puede serlo, es hundida en la sima de la "chabacanería, la inelegancia, el mal gusto, la persecución personal, la frivolidad, la ligereza de lengua y la estulticia partidista". Olvida, no obstante, el señor magistrado que hay también otro tipo de estulticias de las que no libra la autoridad ni el cargo.
Hay, finalmente, un aspecto en la resolución que merece comentario: la negativa judicial a aportar al proceso el expediente sobre las dolencias psíquicas del juez supuestamente ofendido, del qué se decía precisamente que había estado sometido a tratamiento.
El titular del citado Juzgado número 1 de Pamplona arremete contra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por haber remitido dicho expediente a los autos del proceso a instancias de Cristina Almeida, que tenía derecho a ello para su defensa. Lo que hizo, en efecto, Almeida fue poner en cuestión, con su referencia a este expediente, su eventual incidencia en la actuación del juez que se creyó injuriado. Ahora la negativa a aportar más luz sobre este caso no hace sino aumentar las sospechas sobre la capacidad del juzgador, sospechas que deben ser esclarecidas cuanto antes. No es esto una cuestión de honor; es sencillamente precaución ante posibles desmanes. Porque ya está archidemostrado que hay jueces tenidos como cuerdos que no se comportan a veces como tales. Para qué decir entonces de los que sufran sospecha de
insania.
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