El Tribunal Constitucional debate los recursos sobre los órganos de gobierno de las cajas
El Pleno del Tribunal Constitucional inició el pasado martes el debate sobre los recursos presentados contra las distintas leyes sobre los órganos de gobierno de las cajas de ahorro. Las discusiones sobre este complejo contencioso, en el que intervienen como ponentes los magistrados Gloria Begué y Ángel Latorre, se prolongarán hasta mañana y se reanudarán en el próximo pleno, dentro de 15 días.
Fuentes jurídicas consideran que dada la complejidad del caso, pues se trata de resolver tres recursos (dos presentados por el presidente del Gobierno contra las leyes elaboradas por el parlamento catalán y el parlamento gallego y un tercero promovido por la Generalitat contra la ley estatal) resulta dificil prever el tiempo que necesitará el alto Tribunal para alcanzar un acuerdo. Sin embargo, conocido el propósito del Tribunal Constitucional de resolver el caso antes de fin año, y dado que sólo celebra plenos cada quince días, es casi seguro que la decisión final se adoptará en uno de los dos previstos para diciembre.Las repercusiones más inmediatas de esta larga batalla jurídica, que se inició en el verano de 1985, han sido el retraso en la renovación de los órganos de gobierno de las cajas de ahorro en Cataluña y Galicia. Hay que tener en cuenta que el Tribunal Constitucional acordó en la primavera de 1986 mantener la suspensión de las leyes catalana y gallega, lo que impidió su desarrollo y consecuente aplicación.
Posteriormente, en febrero de de 1987, la Audiencia de Barcelona suspendió el reglamento elaborado por el gobierno catalán, que había desarrollado en base a la ley estatal y los artículos no recurridos de la ley catalana, por estimar que se podía infringir la Constitución y las leyes de Régimen Local.
No obstante, los efectos de la próxima sentencia del Tribunal Constitucional pueden ser mucho más amplios si se estiman algunas alegaciones de la Generalitat contra la ley estatal, y en base a la cual, el Gobierno y varias Comunidades Autónomas elaboraron los correspondientes reglamentos, y las cajas sus nuevos estatutos que regularon la renovación de los órganos de gobierno de numerosas entidades.
Uno de los aspectos más polémicos se refiere a la diferente representatividad que se otorga a las corporaciones locales en el gobierno de las cajas. Mientras la ley catalana fija que la representación de las corporaciones locales será del 15% al 25% de los consejeros generales, la ley estatal concede a los municipios una representación del 40%.
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