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Dos artículos 'resucitados'

Entre las nuevas normas contra el terrorismo propuestas por el Gobierno figuran dos artículos resucitados de la ley Antiterrorista, que no están actualmente vigentes, porque decayeron a principio de año. Los expertos consultados estiman que ambos preceptos violan la Constitución.Por uno de ellos, se permitirá la suspensión de cargos públicos a los procesados por delitos de terrorismo. La caducidad de éste precepto permitió que el diputado de HB, Juan Carlos Yoldi, estando procesado como presunto miembro de ETA, saliera de la cárcel para defender su candidatura a lehendekari. El Gobierno pretende que no vuelvan a producirse nuevos casos Yoldi. Sin embargo, el fiscal del Tribunal Supremo y presidente de la Asociación Pro Derechos Humanos, José Antonio Martín Pallín, considera que éste precepto viola el derecho constitucional a acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad y la presunción de inocencia.

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La inclusión de delitos especiales en el Código Penal, inconstitucional para expertos juristas

Respecto a la figura, importada de Italia, de la reducción de pena a los terroristas mediante la delación, varios juristas consideran que se trata de una medida, además de antiética, contraria a derecho. El penalista José Manuel Gómez Benítez destaca en particular su carácter críminógeno, por "fomentar", dice, "el ascenso dentro de la banda armada, ya que quien posea mayor información estará en mejores condicíones de liberar condena mediante la delación".

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