_
_
_
_

El Consejo Supremo de Justicia Militar reducirá las condenas a dos de los golpistas del 23-F

Carlos Yárnoz

El Consejo Supremo de Justicia Militar, máximo tribunal castrense, de pronta desaparición, hará pública en los próximos días su resolución sobre la revisión de las penas impuestas a los militares condenados por su participación en el frustrado golpe de Estado del 23 de febrero de 1981. Según estimaciones de fuentes cercanas al alto tribunal, esa revisión sólo beneficiará ligeramente a dos de los tres ex generales -Alfonso Armada, Jaime Milans y Luis Torres Rojas- condenados en esa causa, cuyas penas serán reducidas en tres o cuatro años. Las restantes condenas no serán modificadas.

Es muy probable que esta misma semana sea conocida la decisión del Consejo Supremo de Justicia Militar, que ha tenido que revisar las partes de la sentencia referidas a quienes todavía no han cumplido la totalidad de las penas. Se trata, por tanto, de las condenas impuestas a los ex generales Jaime Milans (30 años de prisión) y Alfonso Armada (30 años), al ex teniente coronel Antonio Tejero (30 años), al general Luis Torres Rojas (12 años), a los coroneles José Ignacio Sanmartín (10 años) y Diego Ibáñez Inglés (ya fallecido, condenado a 10 años) y al comandante Ricardo Pardo Zancada (12 años).La revisión de las penas ha sido realizada debido a que el ya desaparecido Código de Justicia Militar -aplicado a los golpistas- fijaba para los autores del delito de rebelión penas superiores a las que en diciembre de 1985 fueron recogidas en la ley orgánica de Reforma del Código Penal. Esta reforma, por la que el delito de rebelión pasó a ser competencia de los tribunales ordinarios, entró en vigor el pasado 1 de junio, lo que obligó a revisar la sentencia inicial.

Para las fuentes informantes, el ex general Alfonso Armada será uno de los beneficiados, mientras el segundo será el ex general Milans o el general Torres Rojas. En el caso de Armada, su condena de 30 años era la única pena fijada en el Código de Justicia Militar para el cabeza de la rebelión -junto con Milans y Tejero- Pero la reforma de diciembre de 1985 recoge la posibilidad de que a los dirigentes de una rebelión les sean aplicadas penas inferiores según las circunstancias de su particitación.

Grados diferentes

Así, y según la nueva legislación, los autores del delito de rebelión deben ser condenados a reclusión mayor, lo que significa que pueden ser dictadas contra ellos penas que oscilan entre los 20 y los 30 años de prisión. Esta diferencia entre 20 y 30 años queda a la consideración del tribunal, que deberá elegir entre aplicar la pena en su grado mínimo (oscilaría entre 20 y 23,5 años), medio (entre 23,5 y 27 años) o máximo (entre 27 y 30 años). De acuerdo con las fuentes informantes, la reducción que el Consejo Supremo de Justicia Militar aplicará a Armada será la mínima, con lo que su condena definitiva será de unos 26 o 27 años de prisión en lugar de los 30 actuales.

Para reducir la pena al ex general Armada es muy probable que el tribunal militar tenga en cuenta que el entonces segundo jefe del Estado Mayor del Ejército no empuñó las armas en la rebelión ni dirigió tropas contra el poder establecido. En el caso de Milans, si este ex general resulta beneficiado, se desconoce qué argumentos podrá emplear el tribunal. Con respecto a Torres Rojas, éste se beneficiaría del hecho de que su participación tampoco fue directa con el uso de armas o tropas. La reducción en este caso también sería mínima.Las fuentes consultadas estiman que es prácticamente imposible que el resto de condenados que aún no ha cumplido sus penas se vean beneficiados por la revisión, a la vista de las graves condiciones que rodearon sus intervenciones en el golpe de Estado de febrero de 1981.

De los 29 militares y un civil condenados por el 23-F sólo cuatro permanecen en prisión. Se trata de los tres citados ex generales condenados y del ex teniente coronel Antonio Tejero. Por el momento, y en contra de numerosos comentarios surgidos en los últimos años, no existe proyecto alguno a corto plazo sobre indultos o medidas de gracia. No obstante, las fuentes oficiales consultadas no descartan que en el futuro el Gobierno decida autorizar la salida de prisión de los ex generales Armada y Milans. El primero, por la concesión de un indulto que ha solicitado varias veces. El segundo, por razón de edad, ya que cuenta con 72 años.

De acuerdo con esas fuentes, todo parece indicar que el único implicado en el golpe que todavía pasará bastantes años en prisión será Tejero, quien, además de que el tribunal le consideró, golpista reincidente, empleó sus propias armas frente al Gobierno y los diputados. Tejero, de otro lado, se ha negado siempre a solicitar el indulto.

Una de las últimas decisiones del consejo

., La revisión de la sentencia por el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981 constituye una de las últimas intervenciones de importancia del Consejo Supremo de Justicia Militar. El mes pasado, los miembros de este organismo celebraron por última vez la apertura del año judicial castrense, y en abril de 1988 dejará de existir este tribunal.

El pasado mes de julio, las Cortes aprobaron la ley de Organización de la Jurisdicción Militar. En la misma se indica que el más alto tribunal en la Jurisdicción militar será la Sala Quinta, llamada "de lo militar", del Tribunal Supremo. Esta sala quedará integrada por un presidente y siete magistrados; de ellos, cuatro pertenecerán a la carrera judicial, y el resto, a los cuerpos jurídicos de los ejércitos.

Conflicto de competencias

En los últimos meses, el consejo ha protagonizado un prolongado debate porque interpretó que no le competía revisar la sentencia del 23-F, ya que los delitos de rebelión habían pasado a ser competencia de los tribunales ordinarios. Posteriormente, el Tribunal Supremo dictó un auto por el que decidió que era el tribunal castrense, por haber sido éste el que juzgó y emitió la sentencia inicial, el que debía revisar la misma.

Esta revisión de las penas del 23-F constituirá la tercera sentencia contra los inculpados. La primera se produjo en la primavera de 1982, tras el juicio celebrado ante el Consejo Supremo de Justicia. Militar. En abril de 1983, el Tribunal Supremo resolvió los recursos presentados y elevó las penas a varios de los implicados. Ahora, el consejo revisa la sentencia para aplicar los beneficios de las últimas reformas legales en ese terreno.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Carlos Yárnoz
Llegó a EL PAÍS en 1983 y ha sido jefe de Política, subdirector, corresponsal en Bruselas y París y Defensor del lector entre 2019 y 2023. El periodismo y Europa son sus prioridades. Como es periodista, siempre ha defendido a los lectores.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_