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Procesado por estafa un crupier cuyo despido por hacer trampas fue ilegal

FRANCESC BAYARRI, Una juez de Sagunt (Valencia) ha procesado por estafa al crupier Ignacio R. G. por "manipular las cartas de tal forma" que un cliente, José Antonio B. T., obtenía beneficios ilícitos. La juez considera que estos hechos pueden constituir un delito de estafa, ha dictado auto de procesamiento contra el crupier y el cliente. Sin embargo, la Magistratura de Trabajo de Valencia declaró improcedente el despido del crupier al estimar que "las trampas no han podido ser probadas".

El abogado del crupier presentó el pasado sábado un recurso de reforma contra el auto de procesamiento. En el recurso se afirma que la jurisdicción penal trabaja con unos hechos que el juez laboral ha declarado no probados. "Esta contradicción demuestra que algo falla en el sistema. Esto puede ser entendido por los profesionales, pero no por los ciudadanos de a pie", explica el defensor en su recurso.Ignacio R. G., de 27 años, fue detenido la noche del pasado 21 de enero junto con José Antonio B. I., de 28 años. El crupier está acusado de dar los máximos premios al citado cliente en el juego del black-jack. En este juego gana quien consigue tener o acercarse más a los 21 puntos. José Antonio B. T. hizo en dos ocasiones la apuesta máxima y consiguió black-jack, es decir, 21 puntos en sólo dos cartas.

Sonia Chirinós, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Sagunt, estima que aparece indiciariamente probado" que el crupier cometió una estafa. "En este sumario, la conducta engañosa se define por la falta de honradez del crupíer frente al empleador", ya que utilizó "su ciencia del juego." para cometer, presuntamente, las trampas, según el auto de procesamiento.

"Materia vidriosa"

El defensor de Ignacio R. G. ha solicitado que se revoque el procesamiento y ha aportado como documento la sentencia laboral en la que se declaró improcedente el despido. La juez deja en libertad provisional sin fianza al cliente e impone una caución de 250.000 pesetas para el crupier. La responsabilidad civil que pudiera derivarse de una sentencia condenatoria queda establecida en dos millones de pesetas.

Los representantes del casino no han comparecido como perjudicados en el proceso. Según el defensor del crupier, esto se explica porque el juego es una materia "vidriosa que además proporciona beneficios al Estado" y no les interesa. que salgan a la luz casos de este tipo.

Las cintas de vídeo en las que se graban todas las jugadas de los casinos fueron aportadas como prueba en el juicio celebrado ante la Magistratura de trabajo. El abogado del crupier en el ámbito laboral siempre mantuvo la opinión de que su cliente era despedido por no hacer trampas en favor del casino.

Esta opinión está avalada por una carta del comité de empresa del casino y dirigida a la dirección. En el escrito se afirma: "Es alarmante la práctica habitual de cambiar empleados y equipos enteros de las mesas en el momento en que sale un número muy cargado de fichas premiadas".

Según la acusación, José Antonio B. T. obtuvo premios por valor de 300.000 pesetas la noche en que se produjo la detención. Sin embargo, los procesados están acusados de haber manipulado las cartas en otras ocasiones. Así, el perjuicio económico total puede alcanzar, según la juez, 1,5 millones de pesetas.

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