El artículo 428 del Código Penal
En los cuatro últimos meses, familiares de disminuidos psíquicos irreversibles se han dirigido a la Audiencia Territorial de Barcelona solicitando información y permiso para poder esterilizar a sus hijos, a fin de que éstos puedan mantener una relación sexual normal, eliminando el riesgo de una descendencia de la que no podrían hacerse cargo.La consulta de estos familiares ha coincidido con la iniciativa de otros colectivos y asociaciones de padres de subnormales que se han dirigido a los partidos parlamentarios reclamando la reforma del artículo 428 del Código Penal, en el que se declaran delictivas las esterilizaciones de los incapaces, aunque cuenten con el permiso de sus representantes legales.
A raíz de estas consultas, la fiscalía de la Audiencia Territorial de Barcelona ha encargado la elaboración de un dictamen jurídico en el que con una interpretación progresista de la ley se solucione el problema ahora planteado por los familiares de los disminuidos.
Por su parte, los representantes de los partidos políticos se han comprometido ya a estudiar el caso y alguno de ellos ha anunciado que propondrá al Congreso de los Diputados en el próximo período de sesiones una reforma del Código Penal en este sentido.
La campaña iniciada en Cataluña y en el País Vasco en favor de la reforma del artículo 428 del Código Penal y de la legalización de la esterilización de los disminuidos psíquicos irreversibles ha provocado una cierta polémica en el seno de las asociaciones de padres de disminuidos, algunas de las cuales han manifestado su oposición al proyecto.
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