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La aplicación de la ley antiterrorista fue inmotivada

La aplicación de la ley antiterrorista a Santiago Corella, el Nani, junto a Ángel Manzano y a su compañera, Concepción Martín, no se ajustó a motivos racionales, según indica el fiscal del caso en sus calificaciones. La petición de incomunicación en virtud de la ley Orgánica 11/80 fue solicitada por el comisario Francisco Javier Ferriández Álvarez y ordenada por el ministro del Interior, José Barrionuevo.En el télex de solicitud, el comisario Fernández Álvarez sefialó que El Nani, Manzano y su compañera eran "componentes de una banda armada y organizada para la comisión de delitos que incidían gravemente en la seguridad ciudadana, concretamente, robos con intimidación enipleando armas de fuego". El fiscal considera que tal petición careció de "motivos racionalmente bastantes para creer que entre ellos existiera una estructura organizada, con planificación de objetivos, estrategia programática y estables vínculos presididos por la jerarquía y la disciplina", aspectos necesarios para la solicitud de la aplicación de la ley.

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"En respuesta a la solicitud cursada, aparentemente encajable entre los supuestos previstos en la ley Orgánica 11/80, se decretó la incomunicación por el ministro del Interior", añade el fiscal. José Barrionuevo admitió en una comparecencia parlamentaria, efectuada el 17 de septiembre pasado, que pudo ser engañado. Barrionuevo dijo exactamente: "Es posible que al ministro le hayan metido un gol". El fiscal pide, en una larga serie de pruebas, que se remita copia del acta de esa sesión parlamentaria.

Asimismo, el fiscal considera que hubo otras infracciones en aquella aplicación de la ley antiterrorista. En la solicitud de incomunicación se afirma, falsamente, según el fiscal, que El Nani, Manzano y su mujer habían sido detenidos a la salida de sus domicilios (cuando así lo fue, a excepción de Manzano, que fue detenido en el portal en el momento en que se dirigía a su casa) y que no se habían efectuado registros en los inmuebles al amparo de la ley antiterroíista. Para el fiscal, la realidad es que antes de la solicitud se registraron ambos domicilios.

Según la versión policial, Santiago Corella fue detenido a las 18.30 del 12 de noviembre de 1983 a la salida de su domicilio, situado en la calle de Acentejos, de Madrid; mientras que Manzano y, su compañera, Concepción, fueron detenidos a la misma hora a la salida de su casa, en la calle de Mateo Inurria. Según establece el fiscal, Corella y Concepción Martín fueron detenidos entre la una y las dos de la tarde en sus respectivas casas, mientras que Manzano era interceptado por la policía en el portal del inmueble. Ambos domicilios fueron registrados.

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