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Velasco y el ex diputado Torner, condenados a 8 años de cárcel y 5 millones de multa

El pleno de la Audiencia Territorial de Madrid hizo pública ayer la sentencia por la que condena al ex diputado socialista de la Asamblea de Madrid José. Luis Torner y a Francisco Velasco a ocho años y cuatro meses de cárcel y 5.100.000 pesetas de multa a cada uno por los delitos de tráfico de drogas y contrabando. El tribunal absuelve por falta de pruebas a Pedro Lajarín, que ayer abandonó la cárcel. Diez de los 52 magistrados votaron en contra de su absolución.

Durante la deliberación a puerta cerrada que se produjo el sábado inmediatamente después de la vista oral (veáse EL PAÍS del domingo último), el magistrado ponente, Pedro González Poveda, expuso a la consideración del tribunal superior de justicia de la comunidad autónoma de Madrid en funciones, su proyecto de sentencia, fundamentado sobre la culpabilidad de Torner y Velasco, y se hizo eco de las dudas expuestas por el fiscal sobre Lajarín. Sometida a votación la responsabilidad de este último, quedaron en minoría los 10 magistrados favorables a su condena. En cambio, hubo unanimidad sobre la culpabilidad de Velasco.El magistrado Enrique Ruiz y Gómez de Bonilla planteó algunas dudas sobre la participación de Torner en los hechos. Sometida esta cuestión a votación, sólo uno de los 52 miembros del tribunal mantuvo estas dudas. En cambio, se produjo una mayor división de opiniones respecto a si el delito de contrabando fue consumado o frustrado. La mayoría se inclinó por lo primero.

La sentencia -contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo- considera probado que el 10 de febrero de 1987, a la llegada a Madrid de Velasco, procedente de Caracas, y al detectar los funcionarios del servicio de aduanas que en el interior de la maleta había una bolsa de cuero con un doble fondo, le permitieron la salida del recinto aduanero, seguido por dos miembros de la Guardia Civil, de paisano. Al reunirse con Torner y Lajarín, los guardias civiles se identificaron y pidieron a los tres procesados para que les acompañaran. En presencia de Velasco se rompió el doble fondo de la bolsa y aparecieron 28 gramos de cocaína del 987 de pureza.

Según los fundamentos jurídicos de la sentencia, los hechos probados constituyen un delito contra la salud pública, por el que corresponde imponer seis años y un día de cárcel y 1.600.000 pesetas de multa a cada procesado, y otro de contrabando, sancionado con dos años, cuatro meses y un día de cárcel y 3.500.000 pesetas a cada uno.

No existieron amenazas

El tribunal considera que son autores directos Velasco y Torner y declara desvirtuados por la prueba testifical practicada en el juicio los motivos alegados como justificadores de la presencia de Torner en el aeropuerto, "puesto que está acreditada", afirma, "la inexistencia de amenazas a Velasco por parte de su acreedor, que le indujeran a pedir la protección de Torner".Por lo que se refiere a Lajarín, el tribunal dice que "si bien no se han desvanecido los indicios que sirvieron de fundamento para su procesamiento (...), las pruebas practicadas en el plenario no son bastantes a destruir la presunción de inocencia de que se halla asistido por aplicación del artículo 24.2 de la Constitución".

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