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Absuelto el joyero que mató a un estudiante en una manifestación

Manuel Álvarez Martín, representante de joyería acusado de la muerte del estudiante Raúl Losa, ocurrida el 23 de octubre de 1984 por disparos de pistola, durante una manifestación de trabajadores del sector naval gijonés, ha sido absuelto de todos los cargos por la Audiencia Provincial de Oviedo.El tribunal entiende que no existen pruebas suficientes que puedan acreditar si el cuarto de los disparos realizados por Manuel Álvarez, y que ocasionó el fallecimiento del joven estudiante, se efectuó como consecuencia de un forcejeo, accidentalmente, o por una acción directa y criminal del procesado, quien, según recoge la sentencia, "hasta el momente en que se produce dicho disparo nunca manifestó intención criminal de matar". El tribunal estima conveniente aplicar, por carencia de pruebas concluyentes, el principio indubio pro reo, en virtud del cual la duda siempre favorece al acusado.

El ministerio fiscal ejercido por Jesús Bernal Valls, sostuvo la cailficación de los hechos como constitutivos de un delito de homicidio, mientras que la acusación particular, que había calificado los hechos como asesinato, anunció la interposición de un recurso ante el Tribunal Supremo y mostró su "sorpresa y estupor" por el fallo.

Sacado a empujones

La sentencia sostiene que el día de autos el representante de joyería Manuel Álvarez fue sacado a empujones del coche de su propiedad, que intentaba retirar de la calle de Manuel Llameza, donde había sido atravesado por los manifestantes, y que, al verse rodeado por un grupo numeroso de personas, sacó el arma que poseía por motivos profesionales (una Smithwesson del calibre 38) para intimidar a quienes le acosaban mientras retrocedía. Álvarez efectuó primero dos disparos intimidatorios al aire, y al no cesar la agresión, realiza un tercero que se incrustó en una pared. Rodeado por varias personas, entre las que se encontraba el fallecido, se produjo un cuarto disparo, "sin que conste la forma en que el mismo se efectuó", y que ocasionaría el fallecimiento de Raúl Losa.La Sala Segunda de lo Penal considera que "la actuación del procesado no cabe estimarla irreflexiva, imprudente o temeraria, sino consciente y, voluntaria, justificada por la situación en que se hallaba de grave riesgo para su persona, haciendo uso del arma, en cuante estuvo dependiendo de su voluntad, de un modo racional y proporcionado al ataque de sus oponentes.

Añade que, en el caso de que pudiera apreciarse culpa penal en los hechos, el tribunal considera que "estaría inmersa en la causa de justificación de legítima defensa propia (...), puesto que la víctima era creadora de la situación de riesgo en la que se hallaba el procesado y al menos con su presencia y cercanía infundió en éste la situación de miedo para su integridad física". La sentencia concluye absolviendo a Manuel Álvarez Martín de todos los cargos.

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