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El Consejo de Seguridad Nuclear debe juzgar si la central de Ascó afecta al minitrasvase del Ebro

Andreu Missé

El informe elaborado por la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre el proyecto de concesión de aguas del Ebro con destino al abastecimiento urbano e industrial de municipios de Tarragona, conocido como minitrasvase del Ebro, señala que deberá recabarse del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) un informe sobre la incidencia del funcionamiento de la central nuclear de Ascó sobre la explotación del aprovechamiento. El informe es favorable a la concesión de las aguas si se cumplen 23 condiciones y 3 prescripciones relativas a nuevos caudales, a la entrada del Consorcio de Aguas en las comunidades de regantes y al cumplimiento del Plan de Obras del Delta del Ebro.

La exigencia de un informe al Consejo de Seguridad Nuclear ha sido fruto de las alegaciones presentadas en este sentido por el ingeniero de Caminos Cana les y Puertos Juan José Moll de Miguel, primer director del proyecto del trasvase y posteriomente "suspendido de ocupación" por la Generalitat. Entre sus alegaciones, Moll planteó que se investigase si el proyecto cumplía el Plan de Emergencia Nuclear de Tarragona (PEN TA), dado que la toma prevista .se encuentra dentro de un radio de 30 kilómetros, trazado des de la central nuclear de Aseó. Moll preguntaba si estaba prevista la repercusión de las para das en frío y caliente de la central en el proyecto.El informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro realizado y revisado, respectivamente, por los ingenieros Gabriel Faci y Gonzalo Guedea, coincide con el de Moll en la oportunidad de recabar un informe al Consejo de Seguridad Nuclear, aunque considera que no hay motivo para retrasar la concesión entretanto se evacúa dicho estudio. Los ingenieros piensan que, en todo caso, "el mismo [informe] iba a afectar al proyecto constructivo en cuanto a alguna posible modificación o a las normas de explotacíón del aprovechamiento, circunstancias todas ellas salvables antes de aprobar el proyecto constructivo que se presenta". Sin embargo, señala que "ningún otro informe con alguna autoridad sobre el tema, como puede ser Sanidad, ha he cho alusión alguna a esta cuestión".

Radiactividad y mercurio

En la documentación aportada por el Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalitat de Catalunya a la solicitud de la concesión se incluyen resultados de análisis químicos y bacteriológicos y un informe favorable, del 14 de mayo de 1986, del delegado territorial de Sanidad en Tarragona, Antoni Duran. No figura referencia alguna a la posible contaminación por mercurio o por radiactividad, elementos cuya presencia estaba previsto averiguar en el proyecto inicial. Se da la circunstancia de que el anterior delegado de Sanidad, de la Generalitat en Tarragona, Alfredo Bardají, fue separado del cargo poco después de que a finales de 1985 desaconsejase la toma del agua en la zona del delta tras descubrir la presencia de partículas de mercurio, metal muy tóxico, en un porcentaje preocupante. (Véase El PAIS 23-12-86).

El trasvase de aguas del Ebro a Tarragona fue regulado por la ley 18/1981, que preveía la concesión de un caudal máximo de 4 metros cúbicos por segundo, equivalente a la recuperación prevista con la ejecución del plan de obras de acondicionamiento y mejoras de la infraestructura hidráulica del Delta del Ebro. Es decir, ante la imposibilidad de aumentar las concesiones existentes, se pactó la fórmula de conceder el mismo caudal de agua que se pudiera recuperar de las actuales filtraciones con el revestimiento de los canales de riego del delta.

El trasvase ha exigido dos grandes proyectos de obras por un valor global de 22.438 millones de pesetas. Por una parte, las obras de mejora, en fase de ejecución, para recuperar el agua en los canales del delta, que se elevan a 12.160 millones de pesetas y, por otra, el proyecto de trasvase en sí, cuya úl tima versión alcanza los 10.278 millones de pesetas.

El proyecto para solicitar la concesión, firmado por Juan José Moll en marzo de 1984, preveía un caudal máximo de 2 metros cúbicos por segundo, según la demanda futura estimada con criterios muy expansivos. Su coste ascendía a 8.010 millones de pesetas. Moll continuó dirigiendo el proyecto en la etapa provisional hasta julio de 1985, en que se contituyó el Consorcio. Este organismo re husó convocar un concurso para cubrir la dirección técnica del.proyecto en la nueva etapa, lo que impidió al antiguo director optar al puesto. En su lugar, se nombró al ingeniero Francisco Gutiérrez Fernández, que presentó un nuevo proyecto el 27 de noviembre de 1985. El nuevo proyecto, que reproduce íntegramente numerosas páginas del anterior, circunstancia que ha sido recurrida por su autor, aumenta la solicitud de la concesión hasta 4 metros cúbicos por segundo y pide una reserva de 83,3 Hm3/ año, lo que exige un nuevo presupuesto de 10.278 millones de pesetas, sin incluir indemnizaciones por expropiaciones de terrenos.

El mayor encarecimiento del nuevo proyecto obedece, en parte, a la sorprendente inclusión de instalaciones sobredimensionadas. En el proyecto original para conducciones con caudales de 2 y 15 litros por segundo, respectivamente, se proyectaron tuberías de 50 y 125 milímetros. Para los mismos caudales, el nuevo proyecto exige diámetros de 80 y 175 milímetros en cada caso.

Reclamaciones de ayuntamientos, regantes, cooperativas, camáras y particulares

Ayuntamientos, cámaras arroceras, comunidades de regantes, cooperativas, una empresa y dos particulares han presentado numerosas reclamaciones contra determinados aspectos de la solicitud presentada por el Consorcio Concesionario de Aguas para los Ayuntamientos e Industrias de Tarragona. Parte de estas reclamaciones ha sido recogida en el informe de los técnicos en forma de 23 condiciones para autorizar la concesión. Sin embargo, serán los servicios jurídicos de la Confederación y, en última instancia, el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (MOPU) quienes aprecien las alegaciones presentadas.Entre las reclamaciones destacan las de Enagas y los ayuntamientos de Tarragona, El Perelló y L'ArnetIla de Mar relativas al trazado y obras de conducción. La Comunidad de Regantes del Canal de la Derecha y el Sindicato Agrícola del Ebro se oponen a la declaración de la utilidad pública del aprovechamiento, insisten en que se trata de una concesión de aguas recuperadas y que, por tanto, hay que calcular la recuperación lograda y deniegan la reserva de 83,34 hectómetros cúbicos anuales.

La Diputación General de Aragón exige que, previamente a la concesión, el MOPU apruebe el Plan de Obras de mejora de la infraestructura del delta.

Entre las condiciones exigidas en el informe destacan que el caudal inicial autorizado sea de 1,98 metros cúbicos/segundo, una vez certificado que con la parte de obras realizadas en el acondicionamiento de los canales del delta se haya recuperdado un caudal equivalente. Se exige la presentación, en el plazo de seis meses, de un proyecto constructivo de las obras implícitas en la concesión, en el que se justificará la posibilidad de mantener el abastecimiento en casos de rotura o reparación de canales mediante depósitos o suministros alternativos.

Las obras deberán quedar terminadas en el plazo de tres años y las aguas serán analizadas periódicamente.

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