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Petición de libertad provisional para un supuesto miembro de Terra Lliure

El abogado defensor de Antoni Ribas Sala -de 56 años de edad, acusado de pertenecer a la organización independentista Terra Lliure y para el que el ministerio fiscal solicita un total de 18 años de prisión- ha remitido un escrito al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, en el que se solicita la libertad provisional del detenido. Ribas padecía, cuando fue detenido hace nueve meses, un glaucoma en un ojo, que le ha hecho perder la visión.

El letrado, Josep Maria Gasch, considera que "lo más importante es el período de tiempo a que se circunscriben las acusaciones contra el detenido", según indica en su escrito. En el auto de procesamiento dictado el pasado 10 de abril por el citado juzgado, Ribas está acusado de haber pertenecido a Terra Lliure desde mediados de 1981 hasta enero de 1984.

El abogado defensor considera que "dicho período de tiempo obliga a que no sean de aplicación al presente supuesto la ley orgánica de 26 de diciembre de 1984 sobre bandas armadas y elementos terroristas, sino en su caso, los preceptos vigentes en aquella época", es decir, determinados artículos del Código Penal.

Josep María Gasch señala igualmente como otra consideración para solicitar la libertad de Salas que éste llegó a colaborar con la policía "como conocedor de determinados parajes de la geografía catalana, en los que podían encontrarse escondrijos", según se indica en el escrito.

Todo ello, unido a que Antoni Ribas "en ningún momento realizó acto alguno de violencia", circunstancia que se recoge en los atestados policíales, llevaría a la reducción en dos grados de la pena y a la aplicación de un arresto, en virtud del artículo 174 bis (C).

Hallazgo de explosivos

El fiscal había solicitado que Ribas sea condenado a siete años de cárcel por militancia en bandas armadas, otros siete por tenencia de explosivos y cuatro más por tenencia ¡lícita de armas.En opinión del abogado defensor, "los explosivos que se hallaron en uno de los escondrijos no se hallaban aptos para el uso, por lo que ni siquiera puede hablarse de la existencia de tal delito, lo que según su interpretación llevaría igualmente a rebajar en uno o dos grados la pena, acogiéndose al artículo 164 del Código Penal. En relación a la tenencia de armas, el abogado Gasch considera que debe tenerse en cuenta que la carabina que le fue encontrada a Sala "carecía de cargador a los fines de disparar ráfagas". El escrito acaba haciendo referencia a la edad y el estado de salud del detenido para solicitar su libertad. Gasch recuerda finalmente que Ribas "no sólo se halla dispuesto a presentarle cada 1 y 15 de cada mes ante el juzgado que le corresponda, sino, si es preciso, diariamente". Ribas tenía que haber sido juzgado el pasado 26 de noviembre en la Audiencia Nacional pero la vista fue aplazada.

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