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Hacienda tiene las listas de intereses pagados por bancos y cajas de ahorro a cada cliente

Hacienda tiene desde ayer el detalle de los intereses cobrados por cada cliente en bancos y cajas de ahorro. Las entidades de crédito se habían negado hasta ahora a especificar al fisco el rendimiento de sus cuentas corrientes, del ahorro y a plazo. El pleito lleva en los tribunales desde 1980, aunque tiene sus orígenes en la ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal de 1977, que pretendió levantar el secreto bancario. De esta nueva actitud de la banca han quedado excluidos, con beneplácito oficial, los varios billones de pesetas de dinero negro refugiado en pagarés del Tesoro y en activos financieros con retención en origen (en la jerga del sector, los afros, o pagarés bancarios).

"Todos los grandes bancos han presentado ya las listas, excepto uno, que ha tenido problemas técnicos y completará su información el próximo lunes", confirmó ayer Jaime Gaiteiro Fortes, director general de Inspección Financiera y Tributaria. En diversas delegaciones provinciales de Hacienda también informaron que el grado de cumplimiento de los pequeños bancos y de las cajas de ahorro ha sido alto.Bajo la denominación de "resumen de retenciones de rentas del capital del año 1985", las listas entregadas especifican el nombre y apellidos del cliente, el número de su documento nacional de identidad, los intereses percibidos y la retención practicada por ellos. Algunas entidades indicaron al fisco en los últimos días que podían dar integrados los datos de cada cliente.

Otras anunciaron que entregarían el detalle de cada cuenta, sin sumar las que correspondan a una misma persona. Entre bancos y cajas de ahorro reúnen más de 60 millones de cuentas.

Negativas reiteradas

Hacienda ha intentado disponer de estas relaciones, sin conseguirlo, desde el año 1977, cuando la ley de medidas urgentes de reforma fiscal pretendió levantar el secreto bancario. Pero la banca interpretó que, como mucho, quedaba obligada a colaborar si la inspección le pedía datos de una determinada cuenta. Por ello, en 1978 se limitó a entregar los nombres de titulares de cuentas de ahorro o crédito y de los depósitos de valores, con el anuncio de que añadiría una vez al año las altas y bajas, según los modelos que le pidiera la inspección. Como otras empresas, también aceptó pasar un resumen anual de retenciones a cuenta por trabajo personal y por capital mobiliario. Sin embargo, las retenciones sobre los intereses de cuentas corrientes, de ahorro y a plazo quedaban ingresadas globalmente, sin detallar cantidades por cada perceptor.Ante esto, en septiembre de 1980 Hacienda reclamó el desglose al aprobar los modelos oficiales de declaración de retenciones. La banca replicó que la ley sólo la obligaba a colaborar si la inspección pedía una cuenta determinada. Esta posibilidad, aunque apenas explotada por el fisco, ha sido respaldada por el Tribunal Constitucional en respuesta al recurso de un catedrático. Para lo demás, la banca defendió ante los tribunales que, sin una ley distinta a la vigente, el fisco carecía de respaldo para lograr las listas de intereses. Esto lo perdió el año pasado ante el Tribunal Supremo, aunque mediante el recurso consiguió paralizar la obligación.

Entre tanto, la ley ha cambiado, para asegurar las listas desde 1985. No obstante, la banca ha llevado este año el asunto ante el Tribunal Constitucional, con la esperanza de librarse de presentar las relaciones de años anteriores. De paso, intenta que los intérpretes de la Constitución amplíen su jurisprudencia sobre la vinculación de intimidad personal y secreto bancario.

El reglamento de activos financieros, publicado a finales de octubre para concretar la ley de 29 de mayo, señalaba claramente la obligación de facilitar dichas listas. A la vez, excluía de las obligaciones de información, que no de tributación, a los pagarés del Tesoro y a los afros.

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