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El Tribunal Constitucional niega a CC OO derecho a participar en las diversas comisiones del Acuerdo Económico y Social

El Tribunal Constitucional ha denegado a la Confederación Sindical de Comisiones Obreras el amparo solicitado contra la exclusión acordada por el Gobierno, y ratificada por el Tribunal Supremo, de las comisiones nacidas, del Acuerdo Económico y Social (A.ES), suscrito por el Gobierno, UGT, CEOE y CEPYME. El alto tribunal justifica la obligada ausencia de CC OO en que la intervención en dichas comisiones no constituye "participación institucional" así como en que esta central sindical se negó voluntariamente a firmar el acuerdo.

Comisiones Obreras estima que la sentencia define restrictivamente la participación institucional y anuncia que la recurrirá en las instancias internacionales, empezando por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).El recurso de amparo se dirigió formalmente contra las sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 9 y 28 de marzo de 1985, que desestimaron el recurso contra el acto del Gobierno, publicado como anexo del AES, por el que se denegaba la presencia de CC OO en las comisiones creadas por el AES para su ejecución. La recurrente estimó que la exclusión de CC OO violó el artículo 14 de la Constitución -principio de igualdad ante la ley-, en relación con el 28, sobre el derecho a la libertad sindical. Alegó que la exclusión carecía de justificación, ya que la negociación posterior al AES no es mera ejecución del acuerdo, por lo que es irrelevante para participar en ella la previa firma de aquél.

La sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, que deniega el amparo a CC OO, es una de las primeras dictadas tras la renovación de la mitad del alto tribunal, producida el pasado 22 de febrero, y la consecuente nueva configuración de la sala, que ahora preside el titular de la institución, Francisco Tomás y Valiente. El ponente de esta sentencia es precisamente uno de los seis nuevos magistrados, Miguel RodríguezPiñero, ex catedrático de Derecho del Trabajo en Sevilla, que fue designado para formar parte del Tribunal Constitucional a propuesta del Gobierno.

Participación institucional

Frente a la pretensión de CC OO de que la participación en las comisiones creadas en el AES constituye "participación institucional" y, por tanto, forma parte del contenido esencial de la libertad sindical, la sentencia señala: "La recurrente no puede ampararse en el contenido esencial de su libertad sindical para exigir que le sea permitido estar presente en todo caso en los centros en que se toman las decisiones de política social o económica, pues esa participación en organismos tripartitos no emana necesariamente de la libertad sindical, sino que es creación de la ley en sentido amplio y a ella sola debe ser remitida".El alto tribunal considera que existe una estrecha conexión entre las comisiones creadas y la ejecución del propio acuerdo. "No estamos", dice, "ante un verdadero y propio convenio colectivo ( ... ) y no se trata de negociar cuestiones nuevas distintas del pacto mismo, sino propiamente de ejecutarlo". Para corroborar este aserto, analiza cada una de las comisiones del AES de las que fue excluida, CC OO, para observar si son asimilables a órganos de la Administración pública, ante los que corresponde a las centrales sindicales más representativas participar institucionalmente.

La conclusión a la que llega es ésta: "Aun cuando las comisiones, cuya misión es servir de cauce a la negociación de las partes firmantes entre sí y con el Gobierno, vayan a analizar cuestiones de trascendencia no desdeñable para el interés general de los trabajadores, esta trascendencia no las publiffica; en unos casos porque el Gobierno ni siquiera interviene -sino que componen la comisión sólo las partes firmantes- y en otros porque, aunque intervenga, permanece aislada la sede negociadora de la estructura organiza tiva de los poderes públicos". Por lo demás, la sala del alto tribunal estima que el criterio de exigir la firma para participar en las comisiones "es fácilmente constatable y deja en manos del afectado su propia integración".

En un comunicado hecho público inmediatamente después de conocerse la sentencia, CC OO anunció que recurrirá a todas las instancias internacionales adecuadas, "comenzando por la comisión de libertad sindical de la OIT. Los trabajadores no nos resignarernos" decía, "a que se reduzcan nuestros derechos y libertades sin defenderlos".

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