Las nuevas tarifas de riego tendrán en cuenta la inflación y la baja de la moneda
Las tarifas de riego que desarrolla el reglamento de la ley de Aguas, aprobado en el último Consejo de Ministros, incluirán un índice atenuado de adecuación monetaria, que contemplará aspectos como la inflación y la depreciación de la moneda. Hasta ahora, las tarifas que pagaban los agricultores -del orden de un millón en toda España- eran prácticamente lineales, situándose en el 2,8% el recargo por amortización que pagaban anualmente. Con las nuevas tarifas, que sólo tendrán vigencia para las nuevas obras que realice el Estado, dicho porcentaje se elevará hasta el 4% aproximadamente.El reglamento de la ley de Aguas ha fijado como criterio para establecer las tarifas de riego -cuestión que quedó aparcada en la discusión del proyecto de ley, por su complejidad- mantener tanto los plazos (25 años) como el importe de las tarifas para las obras públicas ya realizadas y de las que se benefician los regantes. Aunque se incluye una ligerísima actualización monetaria, con los niveles actuales de inflación, los regantes prácticamente no pagarán nada más de lo que estaban pagando hasta ahora.
Para las obras de nueva construcción está previsto introducir el mencionado índice de adecuación monetaria -la amortización técnica-, de tendencia decreciente, que incrementará hasta el 4% el porcentaje de las amortizaciones. Este nuevo sistema tarifario para la utilización del agua se entronca directamente con todo el cambio que se está produciendo en la financiación del Estado.
Por otra parte, el reglamento de la ley de Aguas introduce un concepto nuevo, el canon de vertido, que supondrá que cada ciudadano de España, como contaminador, pague entre cero y 100 pesetas al año. El canon de vertido, cuya recaudación tendrá un carácter finalista y se destinará a financiar las obras de saneamiento que sean necesarias, se determinará en función de la unidad de contaminación -lo que contamina una población de 1.000 habitantes- y de la naturaleza del vertido, en funcíón de seis categorías establecidas.
Dichas categorías se distribuyen a partes iguales entre urbanas e industriales, siendo estas últimas las susceptibles de pagar mayores cantidades.
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