Novedades con la urgencia del decreto-ley
El decreto-ley aprobado por el Gobierno incluye, entre otras, las siguientes novedades:- Silencio administrativo. Para crear, instalar, trasladar o ampliar empresas, las autorizaciones y licencias serán otorgadas por silencio administrativo. Frente a los seis meses vigentes (incluido el plazo de recurso), bastará con dos; el proyecto inicial era dejarlo en uno. Habrá dos excepciones: las actividades estratégicas (industrias de defensa o zonas militares) o el vertido de residuos peligrosos. Quedarán suprimidas las pólizas y reintegros. La comunicación por télex o cualquier otro escrito podrá sustituir a la presencia personal. Para abrir un centro de trabajo será suficiente comunicarlo a la autoridad, no esperar autorización.
- Horas extras. El máximo legal bajará el cómputo anual de 100 a 80, aunque desaparecerán los límites diarios y mensuales. Las horas podrán ser compensadas con tiempos adicionales de descanso. Será eliminado el visado de los calendarios. Para no elevar el paro registrado, quienes concurran a convocatorias públicas no necesitarán incribirse en el Inem.
- Plusvalías. Para evitar que paguen impuesto sobre la renta las plusvalías "debidas exclusivamente a la inflación", las variaciones patrimoniales serán corregidas por mayores coeficientes. La escala iba del 1,6% para bienes comprados antes de 19,79 al 1,046% en 1984; en el futuro irá del 2% al 1,06%, con una actualización cada año.
- Capital-riesgo. Las sociedades anónimas que promuevan o fomenten la creación de empresas no financieras sólo necesitarán 200 millones de pesetas de capital, la mitad a desembolsar en tres años. Sus actos de constitución, aumento de capital o fusión sólo pagarán el 1% del impuesto. Sus dividendos tendrán una deducción fiscal del 100%. Las plusvalías generadas al vender las acciones gozarán de deducción (75% los tres primeros años, 99% el cuarto y quinto, 95% hasta el octavo, 75% el noveno y 50% el décimo).
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