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Tribuna:RELIGIÓN
Tribuna
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La clase religiosa en Italia

Una circular del Ministerio de Instrucción Pública con la que su titular, la democristiana Franca Falcucci, trataba de llevar a la práctica el acuerdo firmado con el cardenal Poletti, presidente de la Conferencia Episcopal Italiana, ha polarizado el debate público en la Prensa y en el Parlamento la semana pasada.La guerra religiosa aflora en Italia como en España en cuanto se avivan los rescoldos de la confesionalidad y la laicidad del Estado. El filo de la navaja amenaza a ese doble intento de que las dos poderosas instituciones de la Iglesia y el Estado colaboren en campos comunes sin que pierda cada una su propia entidad y libertad.

La cuestión planteada ahora, como consecuencia de la reforma del Concordato (1929), firmado hace casi dos años, el 18 de febrero de 1984, ha sido la clase de religión católica en la escuela pública. Después de largas conversaciones entre el Ministerio y los obispos, Falcucci y Poletti estamparon su firma en un documento el pasado 14 de diciembre.

Las fuerzas laicas de la Prensa y del Parlamento, incluidos los partidos socialista, liberal y republicano del pentapartito gobernante, plantearon la doble cuestión del procedimiento seguido y el de los contenidos concretos de dicha circular. Los más radicales descalificaban a la ministra. El secretario de la DC telegrafió desde Managua amenazando con una crisis de Gobierno. Las palabras del presidente de la CEI, Ugo Poletti, no fueron menos acusadoras: "Estamos asistiendo en Italia a la resurrección de un anticlericalismo que intenta justificar legalmente auténticos atentados contra la libertad". El cardenal de Milán, en términos más moderados, con una carta al Corriere della Sera, habló de "empalizadas verdaderamente anacrónicas".

Por su proximidad a nuestra situación española, interesa analizar el conflicto de fronteras entre la laicidad del Estado y la presencia institucional de la Iglesia en países tradicionalmente confesionales. El nuevo Concordato italiano compromete a las dos partes a "colaborar recíprocamente por la promoción del hombre y el bien del país" (artículo 1). Y en el artículo 9, párrafo 2º, se dice que "la República italiana, reconociendo el valor de la cultura religiosa y teniendo en cuenta que los principios del catolicismo forman parte del patrimonio histórico del pueblo italiano, continuará asegurando, en el marco de la finalidad de la escuela, la enseñanza de la religión católica en la escuela pública no universitaria de cualquier orden y nivel.

Por respeto a la libertad de conciencia y a la responsabilidad educativa de los padres, se garantiza a cada uno el derecho a decidir si se ha de servir o no de dicha enseñanza. En el acto de la inscripción los estudiantes o sus padres ejercerán dicho derecho, a petición de la autoridad escolar, sin que dicha decisión pueda dar lugar a ninguna forma de discriminación".

Se trata, pues, de una oferta común de la Iglesia y del Estado que puede ser utilizada libremente. Se legitima con el juicio positivo, aunque genérico, que hace el Estado de la cultura religiosa y por el hecho histórico específico de que el catolicismo forma parte del acervo común del pueblo italiano.

La Constitución española y los acuerdos firmados con la Santa Sede son más explícitos. No se invoca el hecho cultural, sino "el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones" (artículo 27.3). En el acuerdo parcial con la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales, en su artículo 12 se invoca el principio de la libertad religiosa y el derecho fundamental de los padres sobre la educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar.

Un servicio

El Estado italiano ofrece un servicio de mera instrucción; el español se compromete con la formación moral y religiosa, reconocida como un derecho de los padres. El acuerdo español dice, además, que la enseñanza de la religión debe figurar en los planes educativos "en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales". El acuerdo italiano se mueve en márgenes más amplios, no sólo por los objetivos meramente instructivos que afectan a los contenidos, sino porque no llega a especificarse la categoría de dicha disciplina dentro del programa escolar.

Uno y otro acuerdo coinciden, sin embargo, en la voluntad de evitar cualquier discriminación. Surge, pues, en la práctica la cuestión del horario, la de la alternativa para el alumno durante ese espacio escolar, y la del procedimiento concreto de la elección y del sujeto de esa elección. Estos cuatro puntos son los que han centrado el debate en el hemiciclo de Montecitorio. Como se sabe, el nuevo Concordato italiano fue ampliamente ratificado por el Parlamento.

El presidente Craxi superó la tormenta de las mociones contrarias, convirtiendo en cuestión de confianza un documento votado nominalmente por el que se reformaban algunos puntos de la circular Falcucci: concretamente, se retrasa del 25 de enero al 7 de julio la aplicación del acuerdo, se propone la primera o la última hora de clase para la religión, aunque esto va a complicar el número de profesores de religión y se rebaja a los 14 años, es decir, a lo que aquí llamaríamos BUP, la posibilidad de que sea el propio alumno quien decida sobre la participación en la hora de religión.

Alguna confesión protestante, como la Valdense, se ha manifestado en favor de la utilización de un servicio parecido, pero pagando ellas mismas a los profesores. El proceso de desconfesionalización del Estado no se encarrila hacia la ignorancia del hecho religioso.

Las confesiones son centros de irradiación de valores éticos y cívicos, cuya prestación de servicios a la sociedad, realizada en un régimen de exquisito respeto a la libertad religiosa creyente o no creyente, puede ser valorada como necesaria y positiva, siempre que se logre la paridad de opciones en un sistema auténticamente laico, neutral, por tanto, ante todas las creencias y colaborador con todas aquellas que promueven el orden constitucional y el civismo de todos los ciudadanos.

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