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Un decreto fija por primera vez la estructura operativa del CESID

El Centro Superior de Información de la Defensa (CESID), que tiene encomendadas las labores de espionaje e información, cuenta desde ayer con una estructura interna establecida por real decreto. Es la primera vez que una norma -sus funciones se regularon por orden de 30 de septiembre de 1982- establece la estructura del CESID. Su artículo 6º fija que "corresponde a la División de Inteligencia Interior obtener, evaluar y difundir la información relativa a los procesos internos que mediante procedimientos anticonstitucionales atenten contra la unidad de España y la estabilidad de sus instituciones.

La nueva norma establece en su artículo 13 y último que el CESID "colaborará y actuará coordinadamente con el Ministerio del Interior en lo relativo a la defensa del orden constitucional y seguridad interior, con el Ministerio de Asuntos Exteriores respecto a la información exterior, y con el resto de los departamentos ministeriales en aquellos aspectos que pueden tener relación con la política de defensa".El Decreto 135 de 25 de enero de 1984, por el que se reestructuraba el Ministerio de Defensa, definía al CESID como "el órgano de información para el presidente del Gobierno para el ejercicio de sus funciones de dirección de la política de defensa y de coordinación de la acción del Gobierno en la defensa del Estado, y del ministro de Defensa en el ejercicio de las funciones que le corresponden en materia de política de defensa y política militar".

Este decreto, según se dice en el preámbulo del que se publicó ayer, no contiene ninguna referencia explícita a la estructura del CESID. La nueva norma establece esa estructura, que no difiere de la actual y que bajo la dependencia inmediata de su director general (general Emilio Alonso Manglano en la actualidad) se divide en las siguientes subdirecciones generales: División de Inteligencia Exterior, División de Contraespionaje, División de Inteligencia Interior, División de Economía y Tecnología, Subdirección General de Administración y Servicios y Subdirección General de Personal.

En su artículo 39 el decreto señala que al director general del CESID deberá, "proporcionar al presidente del Gobierno y al ministro de Defensa el resultado de las tareas informativas que corresponden al Centro, y con su autorización hacerlo a otros órganos del Estado".

Se añade que debe también mantener una colaboración permanente y recíproca con los órganos de información de los estados mayores de la Defensa y de los Ejércitos, con los correspondientes de los ministerios de Asuntos Exteriores y del Interior y con el resto de los departamentos ministeriales, así como con los demás organismos públicos o privados que sean útiles a los fines de lograr la información necesaria a los intereses nacionales".

El decreto señala que el director general debe también "mantener los canales necesarios para el desarrollo de las actividades específicas del Centro mediante el contacto con otros servicios de información extranjeros".

Política, economía y defensa

Sobre la inteligencia exterior, el decreto dice que las tareas irán encaminadas a "prevenir cualquier peligro, amenaza o agresión exterior contra la independencia o la integridad territorial de España, asegurando los intereses nacionales", y concreta que "tal información abarcará los campos político, económico y militar". La contrainteligencia se define como la tarea de "oponerse al espionaje y a las actividades de los servicios de inteligencia extranjeros que atenten contra la seguridad o los intereses nacionales, mediante su prevención, detección y neutralización, dentro y fuera del territorio nacional".La nueva norma que regula la actividad del Centro Superior de Información de la Defensa encomienda a la División de Economía y Tecnología el prevenir "cualquier peligro, amenaza o agresión exterior contra la industria y el comercio español de armamento y material de guerra y para asegurar los intereses nacionales en los campos de la economía y la tecnología de interés específico para la Defensa, así como velar por la seguridad de la información, tecnología, procedimientos, objetivos e instalaciones de interés para la Defensa, tanto propios como de los países aliados de España".

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