"No condenamos los asesinatos"
"Nosotros condenamos cualquier acción armada que vaya contra la población civil, salvo que sea contra gente del aparato de inteligencia del Estado, pero no condenamos los asesinatos a las fuerzas de orden público o a las Fuerzas Armadas porque, para nosotros, son fuerzas de ocupación; podemos lamentar incluso la muerte de un guardia civil, pero, mientras se den las condiciones de represión continuada y ese plan ZEN que conculca las libertades reivindicativas del pueblo vasco, no podemos ser hipócritas lamentando esas muertes". Éstas son algunas de las afirmaciones que el Tribunal Supremo declara probado que fueron pronunciadas por Jon Idígoras e Iñaki Ruiz de Pinedo y en las que fundamenta su condena.Otras manifestaciones son las siguientes: "Nosotros admitimos que puede ser legítima la acción armada de ETA mientras no haya cauces políticos, legales, democráticos, institucionales para obtener unos objetivos políticos sentidos por un amplio sector del pueblo vasco; (...) en tal sentido se legitima por sí sola la acción armada de ETA como reivindicación".
La sentencia recoge también estas expresiones: "La violencia de ETA es un medio de hacer valer una opción; es una violencia de reacción"; "ETA reacciona con violencia frente al terrorismo de Estado que está utilizando dos tipos de violencia en el País Vasco: la armada, que es la violencia de la Policía, de las bandas parapoliciales, de los servicios de inteligencia del Estado, de los gobiernos civiles, y la institucional, que es la violencia en la información, en la educación, en el sistema económico y laboral. Es el terrorismo de Estado que los vascos venimos padeciendo secularmente".
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