_
_
_
_

Hacienda podrá subir el IVA a centenares de miles de pequeños empresarios por simple orden ministerial

Una orden ministerial bastará para subir o bajar periódicamente el impuesto sobre el valor añadido (IVA) que declaren al fisco desde 1986 los empresarios acogidos al régimen simplificado. Si el Consejo de Ministros aprueba el próximo miércoles el reglamento del tributo según el último proyecto, los centenares de miles de pequeños comerciantes, industriales o profesionales que preferirán limitar al máximo sus relaciones con Hacienda tendrán que arriesgarse a ver modificada su carga fiscal sin que intervenga el Parlamento. Fuentes de la Administración aseguran que esto no será una vía para elevar el impuesto. Pero su único argumento consiste en que el sistema simplificado será "opcional".

El último proyecto de reglamento, como en su día la ley del IVA, no concreta los tipos ni cantidades aplicables a los empresarios que escojan el régimen simplificado. De las casi 300 páginas de texto se desprende que el Ministerio de Economía y Hacienda fijará periódicamente -para uno o dos años- los índices o módulos que permitirán calcular las cuotas aplicables a las declaraciones más sencillas.La ventaja de este sistema será que los beneficiarios, aunque afectados por la obligación general de guardar las facturas, podrán limitar sus relaciones con el fisco a pagar el dinero que resulte de multiplicar el número de elementos fijos de su negocio por unos índices o módulos todavía no determinados. Por ejemplo: el dueño de un bar deberá multiplicar los metros que tenga la barra por un índice que decida Hacienda. El propietario de un restaurante, el número de mesas por el módulo que fije el fisco para este negocio. El taxista, el número de coches propios por su correspondiente índice. En la mayoría de los negocios, el índice o módulo variará según el valor comercial del emplazamiento.

Signos externos

Será un sistema similar al de signos externos utilizado antes de la reforma fiscal de 1978, que ha tenido cierta continuidad en la estimación objetiva singular implantada también para los pequeños empresarios en el impuesto sobre la renta.El proyecto de reglamento exige tres condiciones para utilizar este régimen simplificado y quedar así exento de llevar registros de facturas: ser persona física, haber vendido el último año en todas sus actividades menos de 50 millones de pesetas (sin contar el propio IVA o el recargo de equivalencia para los comerciantes minoristas), y realizar habitualmente alguna de las 112 actividades citadas en el reglamento. Estas van desde la fabricación de hielo a las granjas para engordar cerdos, pasando por las reparaciones de diverso tipo, los transportes, los cines y discotecas o las casas de huéspedes.

El régimen simplificado será, junto con el especial para los agricultores y el de recargo de equivalencia para los comerciantes, el más fácil de cumplir y el que reunirá por ello mayor número de colaboradores del fisco (el IVA será pagado en última instancia por los consumidores, a quienes lo repercutirán las empresas o empresarios). Hacienda estima que por dichos sistemas liquidarán el IVA cerca de un millón de empresarios, quedando en el régimen común el medio millón de empresas ya habituadas a relacionarse con el fisco.

El sistema simplificado, que podrá ser elegido por los minoristas sometidos al recargo de equivalencia, obligará a ingresar en Hacienda al menos una cuarta parte del importe de las cuotas durante los 20 primeros días de los meses de abril, julio y septiembre. El resto será pagado con la declaración-liquidación final que resulte de los índices o módulos. Así, los empresarios podrán demorar hasta la primavera su elección de este sistema o el de régimen común.

Según fuentes de Hacienda, los índices o módulos que permitirán a cada empresario conocer cúanto pagará su negocio serán publicados antes de que termine este año.

A la observación de que las órdenes ministeriales de fijación o actualización de índices o módulos pueden ser instrumentadas para subir los impuestos sin pasar por el Parlamento, un portavoz de Hacienda ha opuesto como prueba el argumento de que el sistema será "optativo".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_