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Sólo habrá dos tipos de cuentas en pesetas convertibles para los no residentes

El Consejo de Ministros del pasado miércoles aprobó la modificación del sistema de cuentas extranjeras en España, que a partir de ahora sólo podrán ser de dos tipos, convertibles y no convertibles.Estas medidas afectarán a las cuentas de pesetas ordinarias de los no residentes en España. El establecimiento de estos dos únicos tipos de cuentas tiene como finalidad la simplificación y liberalización del control de cambios.

Las entidades delegadas del Banco de España deberán traspasar automáticamente, a alguno de estos dos tipos de cuentas, cualquier saldo que los no residentes en España tengan abiertos en sus libros. Salvo una autorización expresa, las cuentas extranjeras de pesetas ordinarias sólo podrán ser utilizadas para gastos de estancia en España.

El criterio de modificación aprobado contempla que las cuentas de ahorro de emigrantes, las cuentas bancarias de pesetas con Andorra y las cuentas corrientes y de ahorro postales formarán parte de la modalidad de cuentas extranjeras de pesetas convertibles.

Por su parte, las cuentas extranjeras en pesetas interiores, las cuentas en pesetas ordinarias a turistas y las cuentas ordinarias de pesetas de contratos de obra pasarán a considerarse cuentas extranjeras de pesetas ordinarias.

Por otra parte, en el transcurso de este mismo Consejo de Ministros se autorizó un aumento medio del 7% en los precios de los fertilizantes destinados al agricultor.

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