Las empresas que contraten con el Estado deberán demostrar desde septiembre que pagan sus impuestos
Todas las empresas que contraten con el Estado deberán demostrar desde el mes próximo que han pagado sus impuestos y las retenciones de su personal. El decreto que regulará esta obligación será promulgado en las próximas semanas. La medida, además de servir como pauta para actuaciones similares en la Seguridad Social, complementará otra reciente que sanciona con la pérdida de subvenciones y ayudas públicas a quienes incurran en fraude fiscal.
Desde el momento en que entre en vigor el nuevo decreto, aprobado en el último Consejo de Ministros y que será remitido inmediata mente al Boletín Oficial del Estado los empresarios o licitadores en cualquier contrato del Estado habrán de estar al corriente de sus obligaciones tributarias.La obligación afectará tanto a quienes suministran bienes y servicios, en los que el Estado gasta cada año un cuarto de billón de pesetas, como a los destinatarios de las inversiones públicas, realizadas principalmente por empresas privadas y que cuentan para el presente año con un presupuesto de 1,4 billones de pesetas.
Requisitos
Las empresas que se beneficien en el futuro de contratos administrativos serán consideradas a corriente de sus obligaciones con el fisco, de acuerdo con la disposición, si cumplen tres condiciones. La primera, estar dadas de alta en las licencias fiscales. También el haber presentado una relación anual de ingresos y pagos a Hacienda. Y en tercer lugar el haber entregado las declaraciones o documentos de ingreso de cuatro grandes impuestos en concreto: renta de las personas físicas, sociedades, lujo y tráfico de empresas.A las medidas de inspección ya adoptadas en los últimos meses, centradas en los dos mayores impuestos entre los citados, atribuyen fuentes de Hacienda sus fuertes incrementos de recaudación. Los ingresos por renta han crecido durante la primera mitad de año un 34,3% (hasta 830.651 millones de pesetas) y los de tráfico de empresas un 36,9%. Fuentes del fisco afirman que tales resultados no proceden de subidas de tipos, sino sobre todo de una mejor gestión, que anima a las empresas a retener y liquidar los impuestos sobre sus nóminas y ventas. Por esta línea dicen que podrán darse en el futuro mayores avances entre las empresas que se relacionan con el Estado.
Medidas de control
Para acreditar el pago de ¡in puestos, el decreto fija, entre otros, los siguientes mecanismos: incluir la condición entre las cláusulas administrativas de los contratos, los licitadores podrán realizar una declaración expresa, las declaraciones y documentos del adjudicatario se referirán a los 12 meses anteriores a la adjudicación provisional del contrato, las certificaciones de obra mensuales y las facturas consignarán el número del documento nacional de identidad o el código de identificación fiscal del contratista o empresario, las intervenciones delegadas del Estado o las mesas de contratación rechazarán las documentaciones que incumplan estos requisitos y no otorgarán su conformidad a la adjudicación definitiva.Antes de este decreto, autorizado en lo que afecta a la ley de contratos del Estado por la ley de Presupuestos para 1985, la reciente Ley de Sanciones e Infracciones incluyó entre las mismas la pérdida por cinco años de subvenciones públicas, crédito oficial u otros beneficios e incentivos fiscales a quienes incurran en fraude. Con ambas medidas, la Hacienda Pública pretende vincular la vertiente del gasto y del ingreso para impulsar una mejor gestión de ambos.
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