Quinielistas y clubes
5. Adecuar eficazmente las funciones del nuevo Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado con las de la RFEF y la Liga Profesional, coordinando los fines de uno y otras. Así se imposibilitarían las desatenciones a los concursantes.
La nueva distribución de los premios en las quinielas de fútbol va en detrimento de los acertantes. El 55% de la recaudación neta equivale al 50,32% de la recaudación íntegra. Es decir, se ha detraído el 4,68% del porcentaje que existía antes para los premios. Los futuros acertantes serán los paganos de la deficiente administración de la mayoría de los clubes, posible por la inadecuada legislación actual, y que originó un endeudamiento superior a los 16.000 millones de pesetas.
La recién concluida temporada de quinielas se caracterizó por la conflictividad, la irregularidad y las bajas recaudaciones. Aun programándose 44 jornadas, por una serie de circunstancias adversas, unas ajenas al ya suprimido Patronato de Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas (PAMDB) y otras imputables al mismo o, mejor dicho, a la normativa vigente e, igualmente, a la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), la Federación Española de Fútbol (RFEF) y la Liga Profesional, en la campaña quinielística 1984-1985 no sólo se produjo un considerable descenso en la recaudación total (casi 12.000 millones de pesetas menos que en la temporada anterior), sino que se confirmó que el sorteo es una solución antiquinielística, absurda y nefasta.Los aficionados a sorteos ya tienen la tradicional lotería u otros juegos exclusivamente de azar, que nada o poquísimo en común tienen con las quinielas. Estoy plenamente convencido de que las quinielas, siempre que se tengan presentes determinados factores, constituyen una excelente inversión en la que en un plazo de siete meses, o sea, unas 30 jornadas consecutivas, como mínimo, se duplica el capital invertido.
La próxima temporada habrá novedades legislativas que afectarán a las quinielas. Ambas innovaciones están contempladas en los reales decretos 904/1985 y 918/1985 de 11 de junio.
Por el Real Decreto 904/1985, publicado en el BOE el 20 de junio de 1985, se constituye el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. Según el artículo 3º, los órganos rectores de la Organización Nacional de Loterías y Apuestas del Estado son el presidente y el director general. Éste será nombrado por real decreto acordado en Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Economía y Hacienda.
El Real Decreto 918/1985 determina la distribución de la recaudación procedente de las apuestas deportivas benéficas y fue publicado en el BOE de 22 de junio de 1985. El artículo 12 contempla la recaudación íntegra, de la que se distribuirá a los receptores una cuantía nunca superior al 6%, y otra del 1% para los clubes de fútbol conjugadores profesionales en sus plantillas, que lo percibirán a través de la Liga Profesional. Además, el Consejo Superior de Deportes (CSD) tendrá una participación del 1,5% de la recaudación íntegra para que pueda arbitrar subvenciones que faciliten la reestructuración y saneamiento del fútbol profesional. El artículo 22 contempla la recaudación neta, resultante de deducir de la íntegra los porcentajes señalados en el artículo 12, y se distribuirá de la siguiente manera: el 55% para premios, el 27% para el CSD, el 12% para las diputaciones provinciales a través de las comunidades autónomas o para éstas si fueran uniprovinciales, y el 6% para el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, para atender los gastos de administración y demás obligaciones a su cargo.
La nueva distribución es claramente perjudicial para los futuros acertantes. Con una sencilla operación pueden ustedes mismos comprobarlo, ya que el 55% de la recaudación neta equivale al 50,32% de la recaudación íntegra. Es decir, se ha detraído el 4,68% del porcentaje que existía antes para los premios y los futuros acertantes serán los auténticos paganos de la deficiente administración de la mayoría de los clubes, posible por la inadecuada legislación actual y que originó un endeudamiento superior a los 16.000 millones de pesetas.
El hecho, perjudicial para todos los futuros acertantes, está ya consumado y legislado. Ahora bien, al menos para paliarlo, y con la finalidad de que las quinielas de fútbol recobren el prestigio, últimamente aminorado, que desde su creación por decreto-ley de 12 de abril de 1946, tuvieron, y que deben volver a tener, máxime mientras continúen siendo la única fuente financiera del CSD y de todas las federaciones existentes, concluyo enumerando varias sugerencias que propiciarían mayores recaudaciones. 1. Abolición del sorteo.
2. Real posibilidad de programar 42 jornadas sólo con equipos españoles, en tanto que los campeonatos ligueros sigan estructurados como en la actualidad. ¿Cómo? Iniciándose la competición de los dos grupos de Segunda B el primer domingo de octubre en lugar del primero de septiembre. De hacerse así, en las cuatro últimas jornadas, de la 39ª a la 42ª, ambas inclusive, los boletos se imprimirían exclusivamente con partidos de la categoría citada.
3. Programación de los boletos con los nueve encuentros de Primera División, incluidos los que Las Palmas dispute en su campo.
4. Legislación idónea de los partidos reservas, siendo factible pronosticarlos, tal como ya pudo hacerse durante 17 temporadas consecutivas.
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