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El Sindicato Unificado de Policía pide que se modifique el proyecto de régimen disciplinario

El Sindicato Unificado de Policía (SUP), organización mayoritaria en la Policía Nacional, ha solicitado al Ministerio del Interior la modificación del régimen disciplinario de la policía en sus secciones de faltas y sanciones, entre otras, según consta en las alegaciones que el sindicato presentó ayer en el Registro General de la Dirección de la Seguridad del Estado al proyecto de real decreto del régimen disciplinario del Cuerpo de Policía Nacional.El proyecto de real decreto del régimen disciplinario del Cuerpo de Policía Nacional fue entregado por la Dirección General de la Policía el pasado día 19 a todos los sindicatos policiales para que presentasen, en el plazo de 10 días, sus alegaciones. El proyecto supone la supresión del Código de Justicia Militar en su aplicación en la Policía Nacional, sustituyéndolo por el régimen disciplinario del Cuerpo Superior de Policía, excepto en tres artículos y una disposición final (ver EL PAÍS de 21 de junio pasado).

El SUP propone la modificación de 16 artículos del proyecto, que afectan principalmente a las secciones de faltas y sanciones del mismo. Entre ellos destaca la modificación del artículo 208 en lo referente a "las manifestaciones públicas de crítica o disconformidad respecto a las decisiones de sus superiores". El SUP solicita su anulación, "ya que puede conculcar el artículo 20 de la Constitución", que protege la libertad de expresión. En este mismo artículo, en su punto 32, que legisla sobre la actividad sindical, el SUP pide su supresión, ya que las peculiaridades del ejercicio de ésta no se encuentran "reguladas por ley orgánica", además de considerar que "podría ser anticonstitucional" en cuanto a su artículo 28, que protege la libertad sindical.

A su vez, solicita la precisión del punto tercero del artículo 207, que considera faltas "muy graves" "la manifiesta insubordinación individual o colectiva". El SUP pretende que sea completado con esta frase: "Respecto a los superiores que actúen dentro del marco de sus atribuciones y en consonancia con la legalidad". El sindicato pretende también que se incluya en el texto que la Administración "no podrá sancionar mientras la autoridad judicial no se haya pronunciado". Para ello, el SUP argumenta su demanda en una sentencia del Tribunal Constitucional del 3 de octubre de 1983.

Asimismo, el sindicato solicita la anulación del artículo 225, que legisla sobre el procedimiento de las sanciones, ya que entiende que "transgrede el principio de presunción de inocencia".

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