Las aguas subterráneas y las de superficie serán de dominio del Estado
Todas las aguas continentales, tanto superficiales como subterráneas, quedarán subordinadas al interés general y pasarán a ser de dominio público del Estado una vez que entre en vigor la ley de Aguas, que comenzó ayer su debate en el Pleno del Congreso y continuará el próximo martes. El Grupo Popular se opone a esta regulación por entender que no es sino una nacionalización de las aguas que no admite excepciones y no respeta los derechos adquiridos de los actuales propietarios de pozos y manantiales.
Una oposición no tan tajante mantienen los grupos Minoría Catalana, centristas, nacionalistas vascos y Esquerra Republicana de Cataluña, que consideran esta ordenación un tanto vulneradora de las competencias de las comunidades autónomas.El ministro de Obras Públicas y Urbanismo, Julián Campo, no entiende el concepto de nacionalización de la misma forma que los populares. "No se nacionaliza, sino que se fija la extensión del dominio público de las aguas subterráneas", dijo Campo, tras recordar que las superficiales tienen carácter estatal desde hace 106 años. "Las crecientes necesidades de agua hacen necesario un régimen de administración común para todas ellas", dijo Campo.
La ley ofrece el listado de aguas que pasarán a manos del Estado: las superficiales y subterráneas, los cauces de corrientes naturales, los lechos de los lagos y lagunas, y los de embalses superficiales en cauces públicos y los terrenos acuíferos subterráneos. El uso privativo de las aguas se adquirirá siempre por disposición legal o concesión administrativa, pero nunca ya en propiedad. Tales derechos se extinguen por la caducidad de la concesión y por la expropiación forzosa.
Derechos adquiridos
El Grupo Popular critica especialmente que no existan excepciones en ese principio de dominio público, así como que no se respeten los derechos adquiridos de los actuales propietarios de pozos y manantiales.
Esta última acusación se relativiza un tanto ante la lectura de las disposiciones transitorias de la ley. Los actuales titulares de aprovechamientos de aguas públicas seguirán disfrutando de sus derechos durante un plazo máximo de 75 años. En el caso de los titulares de algún derecho sobre aguas públicas, mantendrán el mismo régimen durante 50 años más. El Estado, a la hora de otorgar concesiones administrativas para el uso privativo de las aguas, establecerá una escala de prioridades, según sea el objeto para el que el ciudadano lo solicite. Abastecimiento a poblaciones, regadíos y usos agrarios son las primeras en este listado, que deja en último término el uso industrial para producción de energía eléctrica.
A la representación de los usuarios en los órganos de administración hidráulica -cuyo órgano superior, para irritación de las minorías nacionalistas de la Cámara, es un llamado Consejo Nacional de Aguas- dedicó el diputado de minoría Catalana Joaquim Xicoy buena parte de su intervención de ayer.
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