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FRENTE JURÍDICO CONTRA LA LEY ANTITERRORISTA

Hasta 10 días de incomunicación en la comisaría o en el cuarteIillo

., La ley orgánica 8/1984, de 26 de diciembre, conocida como ley Antiterrorista, establece que las 72 horas de detención preventiva podrán prolongarse "el tiempo necesario para los fines investigadores hasta un plazo máximo de otros siete días", durante los cuales "la autoridad que haya decretado la detención o prisión podrá ordenar la incomunicación por el tiempo que estime necesario, mientras se completan las diligencias o instrucción sumarial".

La propuesta de prolongación de la detención deberá ponerse en conocimiento de los Juzgados Centrales dependientes de la Audiencia Nacional antes de que transcurran las 72 horas de la detención. Durante la detención, el juez "podrá en todo momento requerir y conocer" la situación del detenido y, "en su caso, revocar la autorización de prolongación de la detención"'. La ley introduce la nueva pena de la declaración de ilicitud y la disolución de asociaciones y autoriza al juez a disponer la suspensión de las mismas "durante la instrucción y pendencia de la casa crimnal".

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Una pregunta que acusa

Se considera apología del terrorismo "la alabanza o aprobación de hechos delictivos comprendidos en esta ley, mediante la manifestación hecha en público", así como "el apoyo o ensalzamiento de la rebelión o de las actividades propias de una organización terrorista o grupo armado o rebelde, o de los hechos y efemérides de sus miembros mediante la publicación y difusión en los medios de comunicación social de artículos de opinión, reportajes informativos, composiciones gráficas, comunicados y, en general, cualquier otro medio en el que se materialice la difusión".

Igualmente, una vez admitida la querella presentada por el Ministerio Fiscal por delitos comprendidos en la ley Antiterrorista cometidos por medio de la imprenta, radiodifusión o cualquier otro medio que facilite su publicidad, "`el juez, de oficio o a petición de dicho ministerio, ordenará el cierre provisional del medio de difusión y, si lo creyese conveniente, la ocupación material de los instrumentos del delito".

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