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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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La 'puesta a prueba', como alternativa a la pena de prisión

Resulta obvio que distamos mucho de la profecía de los indios precolombinos que recrea Eduardo Galeano, en el tomo II de Memorias del Fuego cuando dice "y no serán necesarios el castigo ni el perdón, porque no habrá ni prohibición ni culpa". Pero mientras tanto, hoy y ahora, no basta humanizar las cárceles, es preciso además buscar alternativas a la pena privativa de libertad, como respuesta más humana y eficaz de la sociedad frente al fenómeno delictivo.La experiencia nos va mostrando, día a día, que la cárcel no sirve, porque se limita a cumplir la finalidad más rechazable desde el prisma del progreso humano: la vertiente expiatoria de la pena de prisión. Para esta misión la mayoría de las cárceles están perfectamente preparadas, tanto las que aparecen infradotadas -edificios ruinosos, sin espacios adecuados- a la convivencia, funcionarios insuficientes o formados histórica y exclusivamente bajo la idea de la vigilancia, sin programas educativos, culturales, formativos o lúdicos, o sin medios para llevarlos a cabo cuando alguien los propone, sin talleres, o en condiciones de hacinamiento que pone en peligro la seguridad de los internos- como aquellas supertecnificadas de algunos países europeos donde una de las principales preocupaciones de las autoridades penitenciarias es cómo evitar el progresivo aumento de suicidios.

No es de extrañar, por tanto, que el Consejo de Europa venga recomendando a los países miembros la adopción de medidas alternativas a las penas privativas de libertad, que únicamente han de ser impuestas cuando aquéllas no se hayan mostrado eficaces frente a la reincidencia en el delito. Y entre otras medidas alternativas, como las pecuniarias o el trabajado en favor de la comunidad, el Consejo de Europa recomienda la probation.

En respuesta a estas recomendaciones, resulta encomiable la labor realizada por el Instituto de Reinserción Social (IRES) de Barcelona. Por razones de espacio me referiré exclusivamente a tres hitos importantes en los últimos años: 1. Aparece como miembro fundador de la Conferencia Europea de la probation. 2. Organiza con el Consejo de Europa y con la cooperación del Ministerio de Justicia, el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña y la Conferencia Europea de la probation, el Simposio Internacional sobre probation y otras medidas alternativas a la prisión en junio de 1983. 3. Presenta en la Secretaría Técnica del Ministerio de Justicia en octubre de este año una propuesta de que la probation, como medida alternativa a la prisión recomendada por el Consejo de Europa, sea recogida por el futuro Código Penal. Propuesta que es el fruto del trabajo de una comisión de juristas y trabajadores sociales constituida a partir del simposio de 1983 para el estudio de esta institución anglosajona y su posibilidad de introducción en nuestro sistema penal.

Evitar otros delitos

El objetivo de la probation no es otro que pretender que el autor de un delito no vuelva a delinquir, pero ¿cómo conseguirlo? Sometiéndolo al cumplimiento de unas determinadas obligaciones, tareas o "pruebas" durante un período de tiempo, pasado el cual, y superadas aquéllas con éxito, ya no se le impone la pena de prisión que le hubiera correspondido por el delito cometido.

¿Y con qué medios? Prestándole la ayuda y vigilancia necesaria a través de los trabajadores sociales o Agentes de Prueba y del juez.

También cabe preguntarnos sobre su rentabilidad. Como respuesta, bastaría decir que evitan los efectos negativos de la prisión. Pero es que en los países que tienen incorporada la probation a su ordenamiento jurídico, está claramente demostrada su rentabilidad social: en Inglaterra, en 1982, el 76% de los que terminaban ese año el período de prueba lo coronaron con éxito, es decir, un fracaso del 24%, en tanto, en ese mismo país está constatado que el 60% de los ex presos son reincidentes dentro de los dos años de alcanzada la libertad. Y en Italia el porcentaje de fracaso de la probation alcanza escasamente el 6%.

Aún cabría hablar incluso de rentabilidad económica. Veamos algunos datos comparativos. Mientras el costo medio por persona y año del servicio de probation (Inglaterra en 1982) fue de 480 libras, el de persona y año en cárcel fue de 6.000. O en Alemania Federal, donde, en 1977, una pena de prisión de seis meses supuso un coste de 9.300 marcos, en tanto una medida de probation durante tres años su coste fue de 3.300. Evidentemente, por la naturaleza del problema, no estamos ante una cuestión de costos económicos, sino ante un debate de política criminal en la lucha contra el delito. Continuar fundamentando la negativa a la prabation en razones estrictamente económicas es tanto como marginar doblemente al autor de un delito. Y no debemos olvidar que la salud social se mide por la atención que se presta a los marginados.

No se me oculta los riesgos de aumento de control social que esta institución lleva consigo. Pero, hoy por hoy, y si se prevén los oportunos resortes correctores, resultarían mayores las ventajas que los inconvenientes.

Se hace totalmente necesario que la sociedad tome conciencia del problema sin alarmismos, por cuanto esta medida sustitutiva de la prisión está aplicándose en Europa únicamente a los delitos de menor entidad. Para los más graves no se ve, aquí y ahora, otra vía que la pena privativa de libertad.

Pero es que además la sociedad ha de ver que el éxito de esta institución depende en gran parte, no sólo de la presión social que se ejerza sobre los poderes públicos para una adecuada dotación de medios personales y materiales, sino del grado de apoyo que se preste a los sometidos a ella. Y me atrevería a decir también que si las comunidades autónomas y los entes locales no aceptan este reto difícilmente la institución conocida como probation -o puesta aprueba de quienes han cometido un primer delito- cumplirá su objetivo.

Señalaré por último, de un lado, que los medios de comunicación social están contribuyendo eficazmente a este proceso de sensibilización de la sociedad española informando puntualmente de estas cuestiones, y de otro que el interés por el estudio de esta institución ha motivado que en el seminario organizado por la Conferencia Europea de la probation en Berna (Suiza) del 22 al 26 de octubre último, han participado por primera vez representantes o comisionados del Ministerio de Justicia y de la Generalitat de Cataluña, así como del Consejo General del Poder Judicial, o que la probation, haya sido objeto de especial atención en el seminario sobre medidas alternativas a la pena de prisión organizó en Madrid la Asociación Pro Derechos Humanos los días 5 y 6 de este mes de noviembre.

Hechos como estos pueden contribuir a la implantación en nuestro país, sin mimetismos, de una institución que está ya incorporada en el resto de los países europeos occidentales.

Antonio Doñate es magistrado, juez de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona.

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