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El Ayuntamiento de Madrid recurrirá ante el Supremo una sentencia que declara ilegal la ORA

El tercer teniente de alcalde y coordinador del área de Seguridad, Circulación y Transportes del Ayuntamiento de Madrid, Emilio García Horcajo, afirmó ayer. "La Operación de Regulación de Aparcamiento (ORA) goza de buena salud". Horcajo comentó la posición del Ayuntamiento en relación con la sentencia de la Audiencia Territorial que anula una multa de aparcamiento y cuyos considerandos declaran ilegal la ordenanza de la ORA. Según García Horcajo, "la sentencia es incongruente y será recurrida por el Ayuntamiento".

La Sala Primera de lo Contencioso de la Audiencia Territorial de Madrid ha fallado en favor de Eduardo Rodríguez González, ingeniero y abogado, quien presentó en 1980 demanda contra el Ayuntamiento de Madrid por una multa que le había sido impuesta por presunta infracción de la ORA. En los considerandos que argumentan la sentencia la Audiencia Territorial señala la ilegalidad de esta ordenanza municipal, de acuerdo con la normativa vigente.La Audiencia Territorial entiende que, de acuerdo con la legalidad vigente, los ayuntamientos no están autorizados a utilizar la calle, de dominio público, como lugares de aparcamientos vigilados en función de los cuales se pueda imponer tasas a los ciudadanos.

La sentencia se refiere al decreto de 1927 sobre patente de circulación de vehículos, a la orden ministerial de 1928 sobre prohibición a los ayuntamientos de imponer tasas por "ocupación de la vía pública", entre otros conceptos, y a la ley de Régimen Local de 1955, en cuanto hace referencia a esta misma materia.

El abogado que interpuso en 1980 la demanda contra el Ayuntamiento, Eduardo Rodríguez González, de 31 años de edad, domiciliado en la calle de Carmen Sánchez Carrascosa, número 5, de Madrid, manifestó ayer que considera "muy importante" la sentencia. "El Ayuntamiento tiene que recurrirla y esperar el pronunciamiento del Supremo o suprimir de inmediato el sistema de la ORA", añadió. "Aunque técnicamente la ORA sigue vigente, pues la sentencia sólo se refiere a mi caso concreto, es claro que queda declarada ilegal y los ciudadanos pueden recurrir las multas con bastante garantía de ganar".

Rodríguez González interpuso la demanda, "cuando ni siquiera estaba colegiado como abogado, sencillamente porque me parecía injusto que se me multase por no poner la tarjeta de la ORA en el coche un día en que aparqué en la plaza del Carmen".

"Ya lo dijo el Grupo Popular"

El tercer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Madrid y coordinador del área de Seguridad, Circulación y Transportes del Ayuntamiento de Madrid, el socialista Emilio García Horcajo, manifestó: "La sentencia es incongruente consigo misma". Y añadió: "Si en el fallo no anula la norma y sólo en los considerandos declara la ilegalidad de la ORA, no puede en el fallo anular una consecuencia de aquella norma". García Horcajo agregó: "Es muy aventurado creer que va a haber otras sentencias en cadena semejantes a ésta si los ciudadanos, en su derecho, recurren las multas por infracción de la ORA". En todo caso, según García Horcajo, "el Ayuntamiento se opondría en litigio a esas reclamaciones si las hubiere".

El tercer teniente de alcalde hizo pública una nota oficial en la que manifiesta lo siguiente: "La sentencia no anula la ORA. Según varios titulares aparecidos en diversos diarios, una sentencia dictada por la Audiencia Territorial ha declarado ¡legal la Ordenanza de Regulación de Aparcamiento (ORA)".

El concejal añade en la nota oficial: "El Ayuntamiento aún no tiene constancia de la sentencia y sólo me puedo referir a lo publicado en la Prensa. No obstante, y según lo que he leído, la sentencia lo único que anula es la multa de 500 pesetas. Esa decisión del juez no crea ningún tipo de jurisprudencia".

"La ORA sigue vigente y goza de buena salud", insiste el concejal en la nota. "Respecto a la sentencia, repito que no la conozco. La respeto, pero no la comparto. Por otro lado, se ha anulado una multa, pero habrá que esperar a lo que dicen los tribunales de justicia y, en especial, el Tribunal Supremo cuando se presenten otros casos parecidos", comentó.

Sobre este mismo tema se pronunció también el portavoz del Grupo Popular del Ayuntamiento de Madrid, José María Álvarez del Manzano: "La declaración de ilegalidad de la ORA no sorprende a nuestro grupo, pues la argumentación de la sentencia es la misma que yo expuse en el pleno del Ayuntamiento en que se aprobó esta ordenanza".

Cuatro años de aplicación

El aparcamiento restringido en el centro de Madrid se inició el 3 de noviembre de 1980 y amplió su perímetro progresivamente hasta extenderse a gran parte del casco urbano madrileño. Los residentes dentro de ese perímetro pueden aparcar libremente en la calle previo pago de una tarjeta anual. Los no residentes deben usar una tarjeta que se adquiere en los estancos y limita el aparcamiento a 30, 60 o 90 minutos.

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