El ministro de Justicia ordena el traslado forzoso de dos notarios como máxima sanción por falta muy grave
El ministro de Justicia, Fernando Ledesma, ha sancionado a dos notarios del colegio de Oviedo con traslado forzoso, corrección disciplinaria máxima prevista reglamentariamente para faltas muy graves. Los motivos de estas sanciones son, en el caso de Manuel Rodríguez García, indicios de falsedad en documento público y de apropiación indebida, por lo que se ha dado cuenta al fiscal, y en el de Alfonso Rodríguez Díez, acaparamiento de asuntos del ámbito de su competencia, en perjuicio de otros notarios.
Ambas sanciones, contra las que cabe recurso de súplica ante el propio ministro de Justicia, y contencioso-administrativo ante esta jurisdicción, han sido impuestas a propuesta del director general de los Registros. y del Notariado, Gregorio García Ancos. La provisión de las vacantes producidas por dichos traslados forzosos ha sido ya anunciada en el Boletín Oficial del Estado, junto a otras. 326 vacantes, 93 de las cuales se derivan de la creación de nuevas notarías, en virtud de la revisión de la demarcación notarial realizada en diciembre de 1983." A partir de la publicación en el BOE del pasado 25 de septiembre de las dos vacantes por traslado forzoso dejadas en Gijón por Manuel Rodríguez García y en Villaviciosa por Alfonso Rodríguez Díez, ambas del colegio notarial de Oviedo, EL PAIS recabó información sobre las causas que motivaron dichas sanciones, que reglamentariamente han de ir precedidas de un expediente.
En el caso de Manuel Rodríguez García, las presuntas irregularidades, iniciadas hace varios años, dieron lugar al expediente abierto por el Colegio Notarial de Barcelona en abril de 1982, cuando ejercía su profesión en la notaría de Castillo de Aro (Gerona). Designado un instructor y concluido el expediente, la Dirección General de los Registros y del Notariado amplió diligencias, con audiencia del interesado.
Como consecuencia de esta investigación, el director general apreció la existencia de posibles falsedades en documento público y apropiaciones indebidas, por lo que propuso al ministro de Justicia la máxima sanción autorizada por el reglamento notarial aplicable al caso, esto es, el traslado forzoso. Manuel Rodríguez García, que se encontraba en la notaría de primera clase de Gijón, ha sido trasladado forzosamente a la de Monforte de Lemos (Lugo), de segunda clase.
Responsabilidades penales
Por las responsabilidades penales en que hubiera podido incurrir Manuel Rodríguez García, el Ministerio de Justicia pasó el tanto de culpa a la Fiscalía General del Estado, que ha cursado las órdenes oportunas, al fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Gerona. En cuanto a Alfonso Rodríguez Díez, el expediente estuvo motivado en su actuación profesional en mayo de 1982 en la notaría de Flechillas (Palencia), desde la que, según las investigaciones realizadas, extendió su actividad a otras demarcaciones, en perjuicio de otros compañeros, alguno de los cuales instó la apertura de la correspondiente investigación. El expediente concluyó con la consideración de que los hechos constituían falta muy grave, y Rodríguez Díez ha sido trasladado desde la notaría de Villaviciosa (Asturias), de tercera categoría, a la de Talayuela (Cáceres), de nueva creación. Según la normativa vigente, el alcance disciplinario dé este tipo de corrección se encuentra justificado por la necesidad de alejar profesionalmente al depositario de la fe pública de aquellos lugares en que su función podría ser causa del "desmerecimiento en el concepto público", a causa de los hechos por los que fue sancionado, a pesar del carácter recurrible de estos. correctivos y de su posible reparación futura.
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