La Audiencia Nacional concede a EE UU la extradición de los mafioso Badalamenti y Alfano
La Audiencia Nacional decidió ayer que el capo mafioso Gaetano Badalamenti y su lugarteniente Pietro Alfano, encarcelados en la prisión madrileña de Alcalá-Meco, sean entregados a Estados Unidos, país que, además de Italia, los había reclamado, con el compromiso de que no serán condenados a penas privativas de libertad de más de 30 años de cárcel. Badalamenti y Alfano fueron detenidos por la policía española en Madrid el pasado 8 de abril, dentro de una operación proyectada por Interpol, que descubrió una de las más importantes redes de tráfico de heroína.
Los dos detenidos, de nacionalidad italiana, iban a ser trasladados, semanas atrás a la penitenciaría de El Puerto de Santa María, en Cádiz ya que se habían detectado "movimientos ospechosos" que hacían pensar a las autoridades penitenciarias que se estuviera preparando una fuga.Sin embargo, la Audiencia Nacional recomendó a la Dirección General de. Instituciones Penitenciarias que no se efectuara el traslado, ya que la vista de extradición de ambos mafiosos estaba fijada para el 26 del presente mes. Tras comparecer Badalamenti y Alfano, la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó acceder a la extradición. Badalamenti negó su verdadera identidad ante el juez y dijo que se trataba de un súbdito brasileño de, nombre Paolo Alves Barbosa.
Badalamenti es jefe de una organización mafiosa, integrada por 38 personas, que se dedica al tráfico internacional de heroína. Desde 1979 hasta abril del presente año, esta red mafiosa importó a Estados Unidos 150 kilos de heroína, valorados en el mercado clandestino en 1.650 millones de dólares (278.850 millones de pesetas, al cambio actual).
La Audiencia Nacional considera en su resolución suficientemente probada la personalidad de Gaetano Badalamenti como la persona para quien se ha pedido la extradición, y añade que todos los delitos que se le imputan no tienen exacta correlación con el ordenamiento penal 'español, pero sí se encuadran dentro de la redacción vigente del Código Penal español, por lo que procede acceder a la extradición.
La sala acordó acceder, a la petición de Estados Unidos, condicionada a que "en un plazo de 30 días la embajada de dicha parte requiriente aporte documento expresivo del compromiso formal de dicha parte de que en ningún caso las penas privativas de libertad que puedan imponerse excedan en su duración de 30 años".
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