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Proyecto de reforma de las cajas de ahorro entrará en las Cortes en las próximas semanas

El proyecto de ley sobre órganos rectores de las cajas de ahorro, cuyo primer borrador fue so metido en febrero pasado a consulta de este tercio del sistema financiero ha sido repartido entre los ministros, con el fin de que el Gobierno lo envíe a las Cortes en las próximas. semanas. Su texto incluye algunas peticiones de los actuales administradores de las cajas, quienes consideran que las más importantes han sido rechazadas y ven en la ley ni una operación de imagen del Ejecutivo de cara al próximo Congreso del PSOE. Mientras los responsables del sector han conseguido principalmente que sólo sean renovados en principio la mitad de los consejos de administración, así como recortar parte del futuro poder ejecutivo de las comunidades autónomas, éstas tendrán mayores facultades normativas en la renovación.

El informe presentado al primer borrador de proyecto por la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) intentaba "mejorar" una veintena de: los 37 artículos y 12 disposíciones del anteproyecto. Ahora, en el proyecto definitivo, aparecen retoques, aunque menos profunclos que los reclamados por el sector, en 18 de los artículos y disposiciones.Por el contrario, en los dos últímos folios del proyec.to aparecen cambios que chocan con la pretensión de los actudes administradores del sector. Éstos rechazaban las diversas; fórmulasque, a su juicio, coriverárían a las comunidades autónomas en "juez y parte", puies ya tienen enacomendadas competencias de desarrollo legislativo de las cajas e iban a ampliar su poder en el consejos de administrazión a través de los ayuntamienos y de las nuevas comisiones de control, a las que el anteproyecto otorgaba grandes facultades, entre ellas las de nombrar el posible presidente efectivo de las cajas.

Ahora, el proyecto, en lugar de señalar que las comanidades autónomas "aplicarán la ley", precisa que "podrán desarrollarla". La principal facultad de desarrollo, antes no prevista, es la de fijar los porcentajes de representación de los grupos que componen la asamblea general y el consejo de administración, El texto mantiene las franjas del 30%-40% para ayuntamientos e impositores y del 5%-15% para ]m restantes grupos, instituciones de interés social, entidad fundadora y empleados. Si con estos porcentajes ya iba a aunientar el poder autonómico (ahora las corporaciones locales, ayuntainientos y diputaciones, sólo tíenea 8 de los 21 puestos del consejo en las cajas de fundación pública, atribuidos a las instituciones de interés social en las privadas, mientras que el resto de los puestos corresponden en ambos casos 8 a impositores y 4 a empleados), en el futuro la posibilidad de sumar un 40% de los ayuntamientos al 15% de la entidad fundadora en.las públicas o a las instituciones de interés social o empleados en las pnivadas puede convertir en mayoritaria a la representación pública de hecho.

El poder de los aparatos

Sin embargo, en el proyecto, que será aprobado en los próximos días por la comisión de sub secretarios, la delegada del Gobierno para asuntos económicos y el Consejo de Ministros, según fuentes oficiales, han sido retocados con respecto al anteproyecto 18 artículos, en línea don las peticiones de la CECA. En la propia exposición de motivos, donde antes se hablaba expresamente de buscar "buscar formas de propiedad colectiva" para las cajas de ahorro, nacidas en su mayoría como entidades de beneficencia y sin propietarios jurídicos determinados, ahora se Mencionan "formas de gestión colectiva". La CECA había iniciado. sus observaciones ante el Ministerio de Economía y Hacienda con la expresión rotunda de que Ios ahorradores, los impositores, siguen siendo propietarios y dueños de modo individual y personal de sus imposiciones y depósitos".En el articulado, mientras que antes la representación de las entidades fundadoras no identificadas (una docena de cajas están ,en esta lituación) se suniaba a la de corporaciones locales, ahora "se repartirá proporcionalmente entre los restantes grupos". Una de las mayores preocupaciones de los actuales administradores era que por dicha via y por la atribución de más representantes a los ayuntamientos se rompiera el sistema de contrapesos que propugna la CECA para no conceder poder, mayoritario a ninguno de los estamentos, lo que entre quienes impulsan la reforma se considera una excusa para mantener el poder efectivo de los aparatos que han dominado las cajas durante las últimas décadas, mediante la manipulación dolcos procesos electorales.

Igualmente, desaparece el criterio de amplia proporcionalidad en la representación del personal, la obra benéfico-social vuelve a depender del consejo de administración, se suprime el límite del 40%-50%. para la suma de reprsentación de impositores e instituciones de interés social, el consejo de. administración nombrará de entre sus miembros el presidente de la entidad (antes quedaba abierta la puerta a que lo fuera el presidente de la nueva comisión de control, que iba a ser nombrado por las comunidades autónomas y ahora se prevé salga de los miembros de la misma comisión), se recortan las facultades de esta comisión (antes iba a poder "suspender provisionalmente" los acuerdos del co nsejo y ahora sólo podrá "proponer la suspensión"), desaparece la posibilidad de veto de Economía o de la autonómía sobre el nombramiento del director general, y no habrá tantos controIes gubernativos sobre la CECA.

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