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El ayuntamiento inspeciona las tiendas de dulces para que dejen de ser autoservicios

Las aproximadamente 150 tiendas de venta de dulces que funcionan en Madrid como autoservicios minoristas tendrán que sustituir este sistema de venta al público, en este mes, y poner un dependiente que despache los productos, así como proteger los dulces con vitrinas u otros medios, de acuerdo con las normas de la reglamentación sanitaria en vigor. El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado la inspección de estos establecimientos, la mayoría de los cuales carecen de licencia definitiva de apertura. Por otra parte, la Comunidad de Madrid ha cuantificado en un 80% los bares y cafeterías de la región que funcionan con infracciones administrativas.

La mayor parte de los autoservicios de dulces abiertos en Madrid en los dos o tres últimos años carecen de licencia definitiva de apertura. La reglamentación técnico- sanitaria en vigor desde septiembre de 1975 prohibía la venta de estos productos sin envasar, pero al estar dicha reglamentación en vías de ser modificada, el Ayuntamiento de Madrid concedió licencias provisionales de apertura en aquellos casos en que los caramelos, peladillas y demás confites no estuvieran debidamente protegidos de cualquier posible contaminación insalubre, a la espera de que se ultimase la norma definitiva.El pasado mes de abril, los técnicos del Laboratorio Municipal informaron a los directivos de las principales cadenas de estos establecimientos y a los distribuidores de minoristas, que la normativa de 1975 quedaría revisada en el mes de julio y que, en septiembre, el ayuntamiento iniciaría las inspecciones. En efecto, en julio entró en vigor la nueva reglamentación que ordena que los dulces queden protegidos con vitrinas, y que en éstas se expongan las normas sobre etiquetado. También se prohibe el sistema de venta por autoservicio.

Los inspección, realizada hasta ahora en la mitad de los 150 establecimientos existentes, terminará a primeros de noviembre. Según Rosario Cases, jefa del Servicio de Inspección, "se exige, además, que cumplan con el resto de las medidas sanitarias explícitas en las normas municipales en vigor, como, por ejemplo, que el suelo y las paredes sean lavables".

Los inspectores harán tres rondas: una de advertencia; otra, siete días después, para comprobar si se han cumplido las normas -en caso negativo, dejan una semana más de plazo-, y en la tercera ronda, si el comerciante persiste en la infracción, propondrán el cierre del establecimiento a la Concejalía de Salud.

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