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CONSUMO

La nueva ley de los consumidores permitirá multas de hasta 100 millones

Las sanciones a que pueden dar lugar las infracciones en materia de defensa de los consumidores oscilarán entre 500.000 pesetas y 100 millones de pesetas, según la nueva ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.Las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves, según criterios de riesgos para la salud, posición del infractor en el mercado, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración social producida, generalización de la infracción y reincidencia.

Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 500.000 pesetas; las graves, hasta 2,5 millones, y podrán rebasar esta cifra hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción, y las infracciones muy graves, hasta 100 millones de pesetas, con la misma posibilidad que las graves de rebasar la cantidad indicada.

La ley regula la protección de la salud y la seguridad del consumidor, sus intereses económicos y sociales, el derecho a la información, educación y formación en materia de consumo, derecho de representación, consulta y participación, situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión y las garantías y responsabilidades correspondientes.

Excepto en los casos que reglamentariamente se determine, los servicios puestos en el mercado a disposición de los consumidores no implicarán riesgos para su salud o seguridad.

Los riesgos provenientes de utilizar reglamentariamente determinados bienes serán puestos previamente en conocimiento de los consumidores. El consumidor y el usuario tienen, según la nueva ley, derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios demostrados que el consumo de bienes les irrogue, salvo los causados por su culpa.

Según la nueva ley, queda prohibida la venta a domicilio de bebidas y alimentos, así como el suministro de alimentos envasados cuando no conste en los envases, etiquetas, rótulos, cierres o precintos el número de registro sanitario. Los productos deberán permitir que el consumidor posea información sobre el origen, naturaleza y composición del producto, aditivos autorizados, calidad, precio completo, fecha de producción e instrucciones sobre su uso y posibles riesgos.

En cuanto a las cláusulas, condiciones o estipulaciones que se apliquen a la oferta, promoción o venta de productos al público, su redacción habrá de ser clara, sencilla y concreta, y se deberá entregar al consumidor algún tipo de justificante de la operación realizada, tal como un recibo o cualquier documento acreditativo.

Entre los objetivos de la ley, figuran: establecer, sobre bases firmes y directas, los procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios; disponer del marco legal adecuado para favorecer un desarrollo óptimo del movimiento asociativo en este campo y declarar los principios, criterios, obligaciones y derechos que configuran la defensa de los consumidores y usuarios.

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