Una nueva ley para la mejor protección del consumidor
Un equipo de catedráticos y expertos en publicidad está terminando la redacción de un borrador de ley de Publicidad, que sustituirá a la que todavía está vigente, por la que se aprobó en 1964 el actual Estatuto de la Publicidad.El nuevo proyecto, que estará en el Parlamento, según fuentes de la Administración, en los últimos meses de este año o primeros meses de 1985, incluirá medidas de protección del consumidor ante la publicidad engañosa. Previamente o paralelamente, el Gobierno reestructurará el Instituto Nacional de Publicidad.
La nueva normativa es necesaria, en opinión de los expertos, para poner al día unas disposiciones sobre la comunicacion publicitaria, que ha experimentado cambios vertiginosos en los últimos años en consonancia con los cambios que se han producido en la sociedad española.
La inoperatividad de las normas vigentes se ha reflejado, entre otros hechos, en los últimos años en la incapacidad de resolver los principales aspectos de la contratación publicitaria y la imposibilidad de poner en funcionamiento dos instituciones que deberían ser claves: la junta y el jurado centrales de publicidad.
En opinión del catedrático de Derecho de la Publicidad de la Universidad Complutense de Madrid, Carlos Lema, el Estatuto de la Publicidad apenas si se aplica y los jueces apenas se encuentran con casos relacionados con la publicidad, a pesar de que en la práctica existen infracciones por publicidad engañosa y desleal.
"En la actualidad el consumidor español está desprotegido frente a la publicidad engañosa", concluye Lema, quien señala que en la República Federal de Alemania se registran en este campo 10.000 procedimientos judiciales.
En la nueva ley de Publicidad figurarán, entre otras, normas para establecer nuevos contratos publicitarios y nuevas medidas para perseguir los supuestos de publicidad desleal, así como aquellas otras tendentes a la protección ante la publicidad engañosa. También habrá referencias al autocontrol o autodisciplina de la publicidad y a la explotación publicitaria de los derechos de la persona.
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