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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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El monopolio de los colegios profesiones

El autor de este artículo critica la concepción de los colegios profesionales que actualmente es predominante en España, y que a su juicio es plenamente corporativista, por contraste con las instituciones semejantes de otros países democráticos, donde estas instituciones se conciben sobre todo como asociaciones de carácter privado dedicadas fundamentalmente a potenciar la profesión de que se trate. A partir de ahí, el autor se hace una análisis de las posturas ante el proyecto de ley de Colegios Profesionales que está preparando el Gobierno para sustituir a la vigente de 1974.

La ley de Colegios Profesionales de 1974, continuista con la filosofía semifuncionarial que muchas de estas entidades tuvieron en su origen, definía a los mismos como corporaciones de derecho público dentro de una muy especial democracia orgánica que les reservaba, entre otras, funciones de representación política. Seis años después de aprobada la Constitución, donde se menciona sin más su necesaria regulación legal, nadie ha puesto en cuestión su actual situación jurídica, al igual que las patronales hacen con la identidad de derecho público de las cámaras y otras entidades.Frente al liberalismo anglosajón, donde el ejercicio profesional es libre y el asociacionismo profesional tiene carácter privado, realizando funciones de garantía de profesionalidad y prestigio para asociados y clientes, contribuyendo a la permanente actualización profesional, publicando estudios, analizando la realidad económica, industrial y técnica en que la profesión se inserta, etcétera, en Espaila los colegios profesionales insisten en su corporativismo.

Presentar el actual proyecto de ley como la base de un giro para que los colegios profesionales sean cauce de garantía para el público en su demanda de servicios a los facultativos es, cuando menos, ingenuo.

Frente a actuaciones desgraciadas de unos médicos con su paciente en un hospital de Oviedo, son las asociaciones feministas y el comité de empresa quienes reaccionan. Ante intentos corporativos del Colegio de ATS de reservar para sí campos profesionales en los que técnicos de laboratorio de la rama sanitaria de formación profesional 2 están facultados, los sindicatos decimos no. Los colegios de ingenieros superiores intentan convencer a sus asociados de que la futura regulación legal de las atribuciones profesionales de los ingenieros técnicos, al acabar con sus limitaciones cuantitativas en la firma de proyectos, perjudica a la sociedad española. Como si en la era de la microelectrónica la complejidad de una instalación dependa de la potencia instalada y en el saber existan fronteras. Sólo son tres ejemplos recientes.

Ríos de tinta y crítica nos llegan a los sindicatos más representativos porque una nueva ley nos reconoce derechos a representar a los trabajadores ante las instituciones después de demostrar nuestra audiencia por tres veces en seis años y con la necesidad de revalidarla cada cuatro. Los fariseos claman porque para atender a los gastos -exclusivamente- de una negociación colectiva, con prolongadas estancias y viajes de representantes legitimados por los votos, los trabajadores beneficiados de su acción constitucional contribuyan cuando así lo quieran, pero no se escandalizan de la colegiación obligatoria.

Encarecer el producto

El anteproyecto de ley de Colegios Profesionales es confuso a este respecto, exigiendo colegiación a los que ejerzan la profesión fuera del sector público, y no sólo al ejercicio libre. En ambos casos estamos en radical oposición, pero para los asalariados de empresa privada el tema tiene más implicaciones. ¿Significa responsabilidad compartida entre empresario y trabajador? En una sociedad moderna, en la que los servicios los vende la empresa, que elige y cambia a sus trabajadores, suya es la responsabilidad. De otra forma, el actual fraude de relaciones laborales encubiertas por contratos de arrendamientos de servicios puede extenderse.

¿Qué sentido tiene delimitar estrechamente competencias profesionales por ramas de conocimiento cuando la complejidad del mundo actual exige equipos multidisciplinares para cualquier iniciativa de mínima envergadura?

¿Es lógico visar rutinariamente en un colegio proyectos o trabajos que exigen muchos miles de horas de ingeniería, o, por el contrario, se trata de mecanismos de cobro por canon sobre un valor final al que muchos aportan, encareciendo el producto para el consumidor?

La vigilancia en el cumplimiento de normas técnicas que afectan a la seguridad, ¿se puede delegar por la Administración?

Reservar la ordenación del ejercicio de una profesión y el control de la actividad profesional a los colegios supone que la Administración hace dejación de sus competencias en entidades que representan intereses de grupos profesionales que no tienen que coincidir en sus prioridades con las del conjunto del cuerpo social.

Otorgar a los colegios, sin especificar obligación de voluntariedad, la organización de servicios de previsión y de carácter asistencial para sus colegiados, obligados a serlo pata ejercer, es ratificar la obligación mutual en algunos colegios, contradiciendo el carácter constitucionalmente libre de la asistencia y prestaciones complementarias.

El que unos colegios profesionales, en evolución contraria a la del mundo occidental, obtuvieran amplísimas competencias a través de un régimen político que necesitó de su apoyo social, aunque al final fueran incómodos, no exime de una revisión profunda del papel que han desempeñado y desempeñan y que esperamos de ellos en el futuro.

Adecuar su papel en una Sociedad moderna, donde el conocimiento es un bien indispensable y estratégico, sometido a cambios profundos y rápidos que exigen acomodación permanente entre universidad, sociedad, sistemas económicos y actualización profesional, es el camino que hay que buscar. Insistir en una realidad actual decepcionante, cuando esquemas de libertad de asociación son los que impulsan hoy todos los sectores sociales con mayor vitalidad, es anacrónico.

Juan Mazarrasa es secretario confederal de Formación de UGT.

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