El objetivo de los colegios profesionales es proteger a los ciudadanos, afirma Moscoso
"Los colegios profesionales se conciben como instituciones básicamente dirigidas a proteger a los ciudadanos, asegurando el ejercicio responsable de la profesión", señaló el ministro de la Presidencia, Javier Moscoso, durante una conferencia que pronunció en Zaragoza el pasado viernes sobre la nueva regulación jurídica de los colegios profesionales. Moscoso, que habló en la sede del colegio de abogados, señaló que existen muchas razones para la reforma de la ley vigente, que data de 1974.
En opinión del ministro, entre las razones que aconsejan esta reforma -cuyo proyecto no podrá ser remitido a las Cortes hasta la próxima legislaturaestán la inadecuación de la normativa vigente a las exigencias constitucionales, la nueva configuración del Estado de las autonomías y la necesidad de precisar los criterios legales que justifiquen la creación de un colegio profesional."Se trata, en definitiva, de poner coto a una irracional apetencia que en muchos casos comporta, sin interés público alguno a tutelar, limitaciones graves a la libertad de trabajo", dijo Moscoso.
El ministro apuntó algunos criterios del anteproyecto de ley: el ámbito territorial de los colegios puede ser la provincia, la comunidad autónoma o el Estado; los consejos generales pueden ser autonómicos o estatales y elaborarán el código deontológico y las normas de régimen disciplinario de la profesión, que tendrá aplicación general en todo el territorio del Estado. No se exigirá la colegiación cuando la profesión se ejerza al servicio de la Administración pública o entidad dependiente de la misma: "El colegio debe estar donde no llegué la Administración, pues se concibe como una entidad intermedia entre la Administración y los profesionales".
Moscoso añadió que el anteproyecto no busca la proliferación de los colegios ni tampoco su eliminación: no pueden ni deben ocupar estas instituciones el campo de juego de los sindicatos o asociaciones de otro tipo.Tampoco se podrán federar. La constitución de los mismos "no es un derecho subjetivo de los interesados, sino facultad del poder público", y en todo colegio deberán concurrir tres circunstancias: titulación universitaria, actividad claramente profesional y necesidad de un control deontológico y disciplinario de la profesión.
Las novedades que aporta el nuevo proyecto se refieren a que los colegios deberán colaborar con la hacienda pública; todos los profesionales en ejercicio deberán entregar factura; los colegios profesionales "deberán mirar hacia afuera" y proteger a los ciudadanos; anualmente deberán elevar a la Administración un informe de sus actividades.
La Administración impulsará a los colegios a constituir un seguro que cubra el riesgo de responsabilidad civil en la actuación profesional de los colegiados. Los colegios no podrán poner trabas al derecho de colegiación. "El objetivo primordial del Gobierno con este proyecto es conciliar el interés público que en el ejercicio de determinadas profesiones tituladas existe con el debido respeto a la libertad y dignidad de quienes la ejercen", concluyó Javier Moscoso.
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