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El Rey presidirá hoy la reunión de la Junta de Defensa Nacional

La Junta de Defensa Nacional se reunirá hoy bajo la presidencia del Rey, manifestó a Efe un portavoz del Ministerio de Defensa. La reunión será la primera que celebre este órgano durante el mandato del Gobierno socialista y está previsto que asistan a ella el presidente del Gobierno, el vicepresidente, el ministro de Defensa, el jefe del Estado Mayor de la Defensa, los jefes del Estado Mayor de cada uno de los tres Ejércitos y los ministros de Asuntos Exteriores y del Interior.El 15 de noviembre de 1982 el Rey presidió en la Zarzuela otra reunión de la Junta de Defensa Nacional, pero la sesión no tuvo carácter oficial, ya que sólo asistieron el presidente del Gobierno, el ministro de Defensa y los miembros de la Junta de Jefes de Estado Mayor. La reunión debía haberse celebrado a mediados de octubre de ese año, pero fue aplazada hasta después de las elecciones generales.

En la reunión de hoy, se estudiarán probablemente los programas de modernización de las Fuerzas Armadas emprendidos por el Ministerio de Defensa, y la política de armamentos y compraventa de material.

Funciones

La ley orgánica de 5 de enero de 1984, que reforma la de 1 de julio de 1980, por la que se regulan los criterios básicos de la defensa nacional y la organización militar, establece, en su artículo 9, que la Junta de Defensa Nacional es el órgano superior asesor y consultivo del Gobierno en materia de defensa nacional. Asimismo, podrá asesorar a su majestad el Rey y al presidente del Gobierno"."Forma parte de ella, en todo caso, el presidente del Gobierno, los vicepresidentes, si los hubiere; el ministro de Defensa, el jefe del Estado Mayor de la Defensa, los jefes de los Estados Mayores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y los ministros competentes en las áreas de Asuntos Exteriores e Interior, así como aquellos otros que el presidente del Gobierno considere oportuno", añade la ley

La junta "será presidida por el presidente del Gobierno cuando no asista a la misma su majestad el Rey". El número 2 del mismo artículo señala que la Junta de Defensa Nacional emitirá informe en cuantos asuntos somete a su consulta el Gobierno en todo lo que concierne a la Defensa Nacional e informará las grandes directrices de la política militar elaborada por el ministro de Defensa".

Asimismo, la junta "estudiará y elevará al Gobierno las propuestas que estime oportunas en aquellos asuntos relacionados con la Defensa Nacional que, afectando a varios ministerios, exijan una propuesta conjunta". Finalmente, la ley señala que este órgano "asistirá al presidente del Gobierno en la dirección de la guerra y en las funciones que le asigna el apartado 3 del artículo 8".

El apartado 3 del artículo 8 dice: "Asimismo, el presidente del Gobierno define los grandes objetivos estratégicos, aprueba los planes que se derivan de esta definición, la distribución general de las fuerzas y las medidas destinadas a promover las necesidades de los Ejércitos".

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