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Cartas al director

El salario de los militares

Como aclaración a la carta titulada Sueldos de militares, deseo señalar que la Ley 85/1978 en su artículo 220 dice lo siguiente: "El militar de carrera tendr á derecho a una retribución justa, equitativa y acorde con la preparadión, la responsabilidad y la entrega absoluta que su quehacer profesional exige. Será fijada en analogía con los critenios que rigen en la Administración civil del Estado y teniendo en cuenta las peculiaridades de la carrera militar". Se indica, pues, no que sea un salario igual o semejante, sino de acuerdo con los criterios que se utilizan para la Administración civil del Estado. Pero considerando las características, y evidentemente la "disponibilidad permanente para el servicio" (artículo 221), en el fondo su nivel retributivo es muy bajo.Referente a que "a la función pública se llega mediante oposición de dificultad no desdeñable", en el Ejército el ingreso a las academias se realiza también mediante selección y concurso oposición, siendo para los suboficiales de uno contra 16, y para la de oficiales, figeramente inferior; luego, para conseguir ser declarados aptos deben superar en régimen de internado tres o cinco años, y entonces conseguir el título de sargento o teniente. /

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