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Suprimidas las fracciones de peseta en los documentos mercantiles

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer un real decreto del Ministerio de Economía y Hacienda por el que se suprimen las denominaciones fracionadas de la peseta en todas aquellas operaciones mercantiles, así como en las de carácter liquidatorio y transacional. La efectividad es retroactiva al 1 de enero de 1984.Las fracciones de peseta en documentos creados con anterioridad al 1 de enero de 1984 se podrán mantener hasta el 30 de junio de 1984. A partir de esa fecha será obligatorio el redondeo de la siguiente manera: las inferiores a 50 céntimos se hará con la unidad inferior y las superiores, con la unidad inmediatamente superior.

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